IECA - Registro de agentes estadísticos

Información general

Organismo
Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía
Responsable del tratamiento
Secretaría General.
Pabellón de Nueva Zelanda. C/ Leonardo da Vinci, 21. Isla de la Cartuja. 41071-Sevilla. resprat.ieca@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
Finalidad
Inscribir, modificar, renovar y cancelar en el Registro de Agentes Estadísticos de Andalucía (AGESTA) a todas aquellas personas que, por razón de su actividad, pudieran tener acceso a la información protegida por el deber del secreto estadístico. No se elaboran perfiles ni se toman decisiones automatizadas.
Delegado de protección de datos
dpd.ieca@juntadeandalucia.es

Interesados

Personas físicas que por razón de su actividad tengan acceso a información protegida por el deber del secreto estadístico (Agentes estadísticos).

Datos personales

Nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono, correo electrónico, fax; fecha de nacimiento, sexo; empresa/unidad estadística y cartográfica a la que pertenece, puesto de trabajo, actividad estadística o cartográfica en la que colabora.

Cesiones de datos

No están previstas.

Transferencias internacionales

No están previstas.

Periodo de conservación

Siendo de aplicación el Decreto 345/2011, de 22 de noviembre, por el que se regula la organización y el funcionamiento del Registro General de Agentes Estadísticos de Andalucía, y la normativa de archivo y documentación, se mantienen de forma indefinida.

Medidas de seguridad

Se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la política de protección de datos y seguridad de la información del IECA.

Base jurídica

El cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (artº 6.1.e del RGPD), Ley 4/1989, de 12 de diciembre de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (artº 9 al 13 y 25) y específicamente en el Decreto 345/2011, de 22 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro General de Agentes Estadísticos de Andalucía.
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