IFAPA-QUEJAS Y RECLAMACIONES

Información general

Organismo
Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica
Responsable del tratamiento
Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica
Procedimiento asociado
NO PROCEDE
Finalidad
Registro y tramitación de las consultas, quejas, sugerencias y reclamaciones presentadas en relación con la actuación de la Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera
Delegado de protección de datos
dpd.ifapa@juntadeandalucia.es

Interesados

Clientes, personas de contacto, proveedores.

Datos personales

DNI,
nombre y apellidos,
dirección postal,
edad,
teléfono,
datos académicos y profesionales.

Cesiones de datos

Otras administraciones

Transferencias internacionales

No se prevén

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
En cualquier caso, los datos se conservarán durante cuatro años, al amparo del Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de IFAPA.

Base jurídica

RGPD: 6.1.c) Obligación Legal: Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
RGPD: 6.1.e) Interés Público: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Decreto 262/1988, de 2 de agosto, por el que se establece el Libro de Sugerencias y Reclamaciones, en relación con el funcionamiento de los Servicios de la Junta de Andalucía.
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