CTAE-DGOT- Títulos de Técnicos y Técnicas de Empresas y Actividades Turísticas (TEAT): expedición y entrega del título

Información general

Organismo
Turismo y Andalucía Exterior
Responsable del tratamiento
Dirección General de Ordenación Turística
Avda. de la Guardia Civil, nº 1
41013-Sevilla
dgtur.ctae@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
Finalidad
Tramitación del procedimiento relativo a las pruebas de evaluación para la obtención del título de TEAT e inscripción de los títulos expedidos por la Consejería.
Delegado de protección de datos
dpd.ctae@juntadeandalucia.es

Interesados

Personas físicas que han superado las enseñanzas turísticas especializadas, reguladas por el Real Decreto 865/1980, de 14 de abril o sus representantes.

Datos personales

De personas físicas:
- Datos identificativos / características personales:
Nombre y apellidos, documento acreditativo, dirección postal y electrónica, teléfono, sexo y firma.
- Datos académicos / profesionales.
De personas representantes:
- Datos identificativos / características personales:
Nombre y apellidos, documento acreditativo y firma.

Cesiones de datos

- Ministerio con competencias educativas.

Transferencias internacionales

- No se prevén.

Periodo de conservación

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad adoptadas se corresponden con las previstas en el Anexo II del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica conforme a la normativa de seguridad TIC de la Consejería de Turismo y Deporte.

Base jurídica

- RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
- RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
- Ley 13/2011, de 23 de diciembre, de Turismo de Andalucía y normativa de desarrollo.
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