FPS-Observatorio para la seguridad del paciente

Información general

Organismo
Salud y Consumo
Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud, M.P.
Responsable del tratamiento
FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA PROGRESO Y SALUD
Finalidad
Gestión del observatorio para la seguridad del paciente del sist sanitario de Andalucía con el fin de poner a disposición de los interesados el conocimiento generado por sus profesionales (buenas practicas acciones de mejora notificación de incidentes etc.) Y de otras organizaciones con el fin de ayudar a proporcionar cuidados mas seguros
Delegado de protección de datos
dpd.csalud@juntadeandalucia.es

Interesados

Profesionales sanitarios y ciudadanía

Datos personales

D.n.i./N.i.f., Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Fax, E-mail, Académicos y profesionales, Detalles del empleo.

Cesiones de datos

Organizaciones o personas directamente relacionadas con el responsable, Administración pública con competencia en la materia.

Transferencias internacionales

No se prevén.

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de la FPS.
Resolución de 22 de octubre de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba el Código de Conducta en el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para profesionales públicos de la Administración de la Junta de Andalucía.

Base jurídica

Art. 6 a) RGPD: consentimiento del interesado.
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