AAE-Gestión de agenda con representantes de Instituciones o Entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras
Información general
Organismo
Agencia Andaluza de la Energía
Responsable del tratamiento
Agencia Andaluza de la Energía (AAE)
Procedimiento asociado
N/A
Finalidad
Relaciones institucionales y de comunicación de la Agencia. Elaboración de Directorio de personas físicas en representación de la Instituciones o Entidades.
Delegado de protección de datos
dpd.aae@juntadeanalucia.es
Interesados
Personas físicas o representantes de personas jurídicas
Datos personales
Nombre y apellidos, cargo, datos de contacto
Cesiones de datos
No previstas
Transferencias internacionales
No previstas
Periodo de conservación
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Se conservarán mientras los representantes mantengan su posición profesional o en tanto no soliciten su supresión.
Igualmente, será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación (Decreto Ley 97/2000, por el que aprueba el Reglamento de Sistema Andaluz de Archivos y desarrolla la Ley 3/1984 de Archivos Andaluces)
Se conservarán mientras los representantes mantengan su posición profesional o en tanto no soliciten su supresión.
Igualmente, será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación (Decreto Ley 97/2000, por el que aprueba el Reglamento de Sistema Andaluz de Archivos y desarrolla la Ley 3/1984 de Archivos Andaluces)
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica
Base jurídica
RGPD: Art. 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la persona responsable del tratamiento. RGPD: Art. 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos por el responsable del tratamiento. LOPD-GDD: Art. 8. Tratamiento de datos por obligación legal, interés público o de poderes públicos.
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