VICE-Actividad general del Gabinete de la Consejería.

Información general

Organismo
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Responsable del tratamiento
Viceconsejería. Calle Albert Einstein, 4, Edificio World Trade Center, Isla de la Cartuja, 41092 de Sevilla y correo electrónico viceconsejeria.cefta@juntadeandalucia.es
Finalidad
Gestión de la actividad general según las competencias de la persona titular de la Consejería y su gabinete, incluidos actos institucionales y actividad del gabinete de prensa.
Delegado de protección de datos
dpd.cefta@juntadeandalucia.es

Interesados

Personas cuyos datos han sido gestionados en el desarrollo de las competencias de la persona titular de la Consejería y su gabinete y que no sean objeto de la actividad de tratamiento de otro responsable de tratamiento.

Datos personales

Todas las categorías posibles de datos que trate la Consejería incluyendo todas las categorías de datos de carácter especial y de infracciones y sanciones administrativas y penales.

Cesiones de datos

A la autoridad de control en materia de protección de datos (AEPD o CTPDA), a AndalucíaCERT y el Centro Criptológico Nacional (CCN) y a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).

Transferencias internacionales

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.

Medidas de seguridad

Se aplican las medidas de seguridad del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, correspondientes a ficheros de nivel básico. Adicionalmente para tratamientos automatizados se aplicarán las medidas previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Base jurídica

RGPD: 6.1.c) Cumplimiento de una obligación legal del responsable.
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