RTVA / CSRTV - Gestión de recursos humanos
Información general
Organismo
Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía
Responsable del tratamiento
RTVA / CSRTV - Corresponsables
Finalidad
Gestión de personal que presta sus servicios en la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía y su sociedad filial Canal Sur Radio y Televisión S.A. Expediente personal. Control horario. Incompatibilidades. Altas, bajas, permisos, vacaciones. Formación. Acción social. Aseguramiento y cualesquiera otros aspectos inherentes a la relación laboral. Emisión de la nómina del personal. Gestión económica de la acción social.
Delegado de protección de datos
dpd@rtva.es
Interesados
Personal al servicio de la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía y su sociedad filial Canal Sur Radio y Televisión S.A., familiares y asimilados. Personas beneficiarias de pólizas de aseguramiento. En su caso, personas cuyos datos se mencionen en los escritos presentados por el personal que presta sus servicios en la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía y su sociedad filial Canal Sur Radio y Televisión S.A., así como en los expedientes disciplinarios.
Datos personales
Datos básicos: nombre, apellidos, imagen, voz, domicilio, teléfono, correo electrónico, NIF, Nº de Seguridad Social, Nº IBAN, fecha de nacimiento, sexo, firma, firma electrónica.
Datos de salud (bajas por enfermedad, accidentes laborales y grado de discapacidad, sin inclusión de diagnósticos), justificantes de asistencia de propios y de terceros.
Datos de características personales: Sexo, estado civil, nacionalidad, edad, fecha y lugar de nacimiento y datos familiares.
Datos de circunstancias familiares: Fecha de alta y baja, licencias, permisos y autorizaciones.
Datos académicos y profesionales: Titulaciones, formación y experiencia profesional.
Datos de detalle de empleo y carrera administrativa. Incompatibilidades.
Datos de control de presencia: fecha/hora entrada y salida, motivo de ausencia.
Datos económico-financieros: Datos económicos de nómina, créditos, préstamos, avales, deducciones impositivas, baja de haberes correspondiente al puesto de trabajo anterior (en su caso), retenciones judiciales (en su caso), otras retenciones (en su caso). Datos bancarios.
Otros datos: datos relativos a la acción social (que puede contener categorías especiales de datos de familiares y asimilados), datos sobre infracciones y sanciones en materia de función pública, vehículos y beneficiarios de pólizas de aseguramiento.
Datos de salud (bajas por enfermedad, accidentes laborales y grado de discapacidad, sin inclusión de diagnósticos), justificantes de asistencia de propios y de terceros.
Datos de características personales: Sexo, estado civil, nacionalidad, edad, fecha y lugar de nacimiento y datos familiares.
Datos de circunstancias familiares: Fecha de alta y baja, licencias, permisos y autorizaciones.
Datos académicos y profesionales: Titulaciones, formación y experiencia profesional.
Datos de detalle de empleo y carrera administrativa. Incompatibilidades.
Datos de control de presencia: fecha/hora entrada y salida, motivo de ausencia.
Datos económico-financieros: Datos económicos de nómina, créditos, préstamos, avales, deducciones impositivas, baja de haberes correspondiente al puesto de trabajo anterior (en su caso), retenciones judiciales (en su caso), otras retenciones (en su caso). Datos bancarios.
Otros datos: datos relativos a la acción social (que puede contener categorías especiales de datos de familiares y asimilados), datos sobre infracciones y sanciones en materia de función pública, vehículos y beneficiarios de pólizas de aseguramiento.
Cesiones de datos
Con carácter general, los datos de carácter personal podrán ser comunicados a otros organismos o administraciones cuando sea requerido expresamente por ley. En particular, podrán ser comunicados a:
- Entidad a quien se encomiende la gestión en materia de riesgos laborales.
- Administración de origen del personal.
- Entidad aseguradora.
- Organismos de la Seguridad Social, INSS y mutualidades de funcionarios.
- Organizaciones sindicales.
- Entidades financieras.
- Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Entidad a quien se encomiende la gestión en materia de riesgos laborales.
- Administración de origen del personal.
- Entidad aseguradora.
- Organismos de la Seguridad Social, INSS y mutualidades de funcionarios.
- Organizaciones sindicales.
- Entidades financieras.
- Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Transferencias internacionales
No hay prevista transferencia internacional de datos.
Periodo de conservación
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Base jurídica
Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales. (RGPD: 6.1.b).
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. (RGPD: 6.1.c).
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD: 6.1.e).
Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social, en la medida en que así lo autorice el Derecho de la Unión de los Estados miembros o un convenio colectivo con arreglo al Derecho de los Estados miembros que establezca garantías adecuadas del respeto de los derechos fundamentales y de los intereses del interesado. (RGPD: 9.2.b).
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. (RGPD: 6.1.c).
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD: 6.1.e).
Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social, en la medida en que así lo autorice el Derecho de la Unión de los Estados miembros o un convenio colectivo con arreglo al Derecho de los Estados miembros que establezca garantías adecuadas del respeto de los derechos fundamentales y de los intereses del interesado. (RGPD: 9.2.b).
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