CFATV-Reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores por suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional

Información general

Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Responsable del tratamiento
Secretaría General de Vivienda
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Dirección: C/ Pablo Picasso, 6 Sevilla 41018
Teléfono: 955926800
Página web: https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda.html
Procedimiento asociado
Finalidad
Gestionar las compensaciones a los propietarios y arrendadores por suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, previsto en el artículo 3 del Real Decreto 401/2021
Delegado de protección de datos
dpd.cfatv@juntadeandalucia.es

Interesados

Propietarios y arrendadores de vivienda

Datos personales

Datos identificativos y de contacto de la persona solicitante.
Informe de los Servicios Sociales donde se acredite la situación de vulnerabilidad.
Resolución judicial mediante la cual se acordó la suspensión extraordinaria del artículo 1 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, o, en su caso, la suspensión del lanzamiento del artículo 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
Resolución judicial mediante la cual se levantó, en su caso, por el Tribunal la suspensión extraordinaria del artículo 1 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, o, en su caso, la suspensión del lanzamiento del artículo 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
En caso de arrendadores: contrato de arrendamiento, y recibos de renta.
Gastos corrientes de la vivienda.
Datos bancarios.

Cesiones de datos

Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Transferencias internacionales

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica

Base jurídica

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes; Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban las medidas necesarias para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 ; Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
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