CSALUD-Donantes de muestras para la investigación biomédica en Andalucía

Información general

Organismo
Sanidad, Presidencia y Emergencias
Responsable del tratamiento
Secretaria General de Investigación, Innovación y Salud Digital
Finalidad
Disponer de una base de datos de potenciales personas donantes de muestras para la investigación biomédica. Dicha muestra se contrastara con la base de datos de personas donantes voluntarias y sus datos clínicos epidemiologicos.

Delegado de protección de datos
AVDA. DE LA INNOVACIÓN Nº.5. 41020-SEVILLA. TLF:955006300 dpd.csalud@juntadeandalucia.es

Interesados

Personal de la Consejería de Salud y de las empresas públicas dependientes
Ciudadanía

Datos personales

Nombre y apellidos, NIF, nº Seg Social, dirección, teléfono, datos de salud, características personales, condición clínica y patología del diagnostico, consentimiento informado

Cesiones de datos

No prevista

Transferencias internacionales

No prevista

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

Base jurídica

Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica y en el Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para investigación biomédica.
ORDEN DE 15 DE JUNIO DE 2015, DE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICA SOCIALES, DE CREACIÓN DE FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. BOLETÍN OFICIAL DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS nº 120, 23/06/2015
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