CISJUFI-Bono Carestía

Información general

Organismo
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Responsable del tratamiento
Dirección Generala de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones
Avda. de Hytasa, 14
41071 - Sevilla
dg.pas.cisjufi@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
Finalidad
Verificar los datos necesarios por parte de la persona titular del Bono Carestía para poder materializar el pago de la ayuda.
Delegado de protección de datos
dpd.cisjufi@juntadeandalucia.es

Interesados

Personas beneficiarias del Bono Carestía en Andalucía o sus derecho-habitantes.

Datos personales

- Datos de indentidad de la persona solicitante y personas que integren su unidad de convivencia: nombre, apellidos, NIF/NIE.
- Datos de residencia.
- Datos de convivencia y empadronamiento.
- Datos de la situación sobre las obligaciones tributarias, con la Comunidad Autónoma de Andalucía, de todas las personas que integran la unidad de convivencia de la persona solicitante.
- Datos cuenta bancaria de la persona solicitante.
- Datos tributarios 2022 de todas las personas que integran la unidad de convivencia de la persona solicitante.

Cesiones de datos

No estan previstas cesiones de datos, salvo las derivadas de obligación legal

Transferencias internacionales

No se prevén.

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con la previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

Base jurídica

-RGPD: 6.1 c) Obligación legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable.
-Ley 39/2015, de procedimiento administrativo.
-RGPD: 6.1 e) Ejercicio de poderes públicos: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de na misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.
-Art. 1. a) Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.
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