CSALUD - Autorizaciones y comunicaciones de servicios, centros y establecimientos sanitarios.
Información general
Organismo
Salud y Consumo
Responsable del tratamiento
Viceconsejería
Procedimiento asociado
1/CSC/8835
1/CSC/1014
1/CSC/1015
1/CSC/1021
1/CSC/9016
1/CSC/10863
1/CSC/1018
1/CSC/1022
1/CSC/23464
1/CSC/23490
Finalidad
Gestión de las autorizaciones administrativas sanitarias exigidas a los centros, servicios y establecimientos sanitarios, y comunicaciones asociadas. Inscripción de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de la comunidad autónoma de Andalucía en el registro andaluz de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Delegado de protección de datos
Avda. de la Innovación, N.5. 41020-Sevilla. TLF:955006300 dpd.csalud@juntadeandalucia.es
Interesados
Personas titulares y/o solicitantes de los centros, servicios y establecimientos sanitarios. Personas que ostenten responsabilidad como titulados responsables de las autorizaciones de las actividades sanitarias que comprenden y resto de profesionales sanitarios vinculados con la actividad asistencial del centro, profesionales su dirección técnica así como personal titulado responsable en los mismos.
Datos personales
Nombre y apellidos, nif/documento identificativo, dirección, firma, teléfono, título académico, número de colegiación, información relativa a registro central de delincuentes sexuales. Otros datos: los recogidos en la solicitud de autorización.
Cesiones de datos
Ministerio de sanidad (exigido por orden SCO/3866/2007, de 18 de diciembre, por la que se establece el contenido y la estructura del Registro general de centros, servicios y establecimientos sanitarios del Ministerio de Sanidad y Consumo). Restantes administraciones y autoridades públicas con atribuciones en materia a las que se refieren autorizaciones de centros, como autoridad laboral, Dirección General de Trafico, autoridades con competencias en transporte sanitario. Los nombres de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y sus direcciones y teléfonos se publican en la web de la consejería de salud como información accesible a la ciudadanía para la consulta del registro andaluz de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Transferencias internacionales
No están previstas.
Periodo de conservación
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Base jurídica
Rgpd: arts. 6.1.c (tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento) y 6.1.e (tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento). Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad (arts. 23 y 29). Ley 2/1998, de 15 de junio, de salud de Andalucía (art 19.1). Real decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Decreto 69/2008, de 26 de febrero, por el que se establecen los procedimientos de las autorizaciones sanitarias y se crea el registro andaluz de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Decreto 81/1997, de 13 de marzo, por el que se regulan los bancos de tejidos en la comunidad autónoma de Andalucía. Ley 22/2007 de18 de diciembre, de farmacia de Andalucía. Decreto 155/2016, de 27 de septiembre, por el que se regulan los requisitos técnico-sanitarios, de espacios, de señalización e identificación de las oficinas de farmacia, así como los procedimientos de autorización de las mismas para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales. Real decreto 782/2013, de 11 de octubre, sobre distribución de medicamentos de uso humano.
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