Gestión del procedimiento de teletrabajo
Información general
Organismo
Agencia de Emergencias de Andalucía
Responsable del tratamiento
Agencia de Emergencias de Andalucía
Calle Inca Garcilaso nº3
Edificio Expo. Isla de La Cartuja 41092 Sevilla
gerencia.asema@juntadeandalucia.es
Calle Inca Garcilaso nº3
Edificio Expo. Isla de La Cartuja 41092 Sevilla
gerencia.asema@juntadeandalucia.es
Finalidad
Estudio y justificación de las asignaciones del teletrabajo al personal de la Agencia.
Delegado de protección de datos
dpd.asema@juntadeandalucia.es
Interesados
Personal, otros.
Datos personales
Datos identificativos básicos Estilo de vida, comportamiento y perfil social Circunstancias sociales, personales Datos sensibles (salud, biométricos, etc)
Cesiones de datos
Las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).
Transferencias internacionales
No se producen transferencias internacionales.
Periodo de conservación
Los datos personales se conservarán durante los plazos legalmente establecidos, y en cualquier caso, durante el tiempo necesario para responder ante posibles responsabilidades derivadas de dicho tratamiento. Posteriormente serán suprimidos con arreglo a la normativa vigente en materia de protección de datos y archivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. Control de acceso físico a la aplicación Proceso de autenticación Control de acceso (logging) .
Base jurídica
RGPD: 6.1.c) Cumplimiento de una obligación legal del responsable.
Ley 5/2023, de 7 de junio de Función Pública de Andalucía.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Ley 5/2023, de 7 de junio de Función Pública de Andalucía.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
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