CTAE-DGPFTH- Subvenciones FEADER para la Recuperación Medioambiental y Uso Sostenible de Playas del Litoral Andaluz (PEPAC 2023-2027) Intervención 6872_01

Información general

Organismo
Turismo y Andalucía Exterior
Responsable del tratamiento
Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo y la Hostelería
Avda. de la Guardia Civil, 1.
41013 Sevilla
dgtur.ctae@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
Finalidad
- Tramitación de solicitudes de subvención (recepción, evaluación, resolución, pago y justificación).
- Comprobación de requisitos y control financiero-administrativo.
- Gestión documental y seguimiento del proyecto subvencionado.
- Publicación obligatoria de beneficiarios para transparencia y control público.
- Comunicación obligatoria a órganos europeos en cumplimiento del PEPAC.
Delegado de protección de datos
dpd.ctae@juntadeandalucia.es

Interesados

Representantes legales de los Municipios y Entidades Locales Autónomas (ELAs) del litoral andaluz, así como el personal técnico de la entidad beneficiaria que interviene en el proyecto.

Datos personales

- Datos identificativos de representantes: nombre, apellidos, DNI/NIE, cargo y sexo.
- Firma electrónica utilizada en la solicitud y resto de trámites.
- Datos bancarios (solo si corresponden a personas físicas)

Cesiones de datos

En el desarrollo del procedimiento de gestión de las subvenciones, los datos personales podrán ser comunicados únicamente en los casos en que exista obligación legal, en particular para dar cumplimiento a los requisitos de publicidad y transparencia, así como para posibilitar el acceso a la información por parte de organismos públicos competentes en funciones de control, fiscalización y auditoría del uso de fondos, tanto a nivel nacional como europeo.

Transferencias internacionales

No se prevén

Periodo de conservación

Los documentos justificativos y los datos asociados se conservarán durante un periodo mínimo de cinco años a contar desde la fecha del pago final de la subvención, y durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Asimismo será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de documentos, archivos y patrimonio documental de Andalucía.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad adoptadas se corresponden con las previstas en el Anexo II del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad .

Base jurídica

- RGPD Art. 6.1.c): Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
- RGPD Art. 6.1.e): Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
- Ley 13/2011. de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía
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