DGPFTH- Gestión de subvenciones Pueblos Blancos de la Sierra de Cádiz
Información general
Organismo
Turismo y Andalucía Exterior
Responsable del tratamiento
Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo y la Hostelería de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior.
Dirección: Avda. de la Guardia Civil, 1. 41013 Sevilla.
sgtur.ctae@juntadeandalucia.es
Dirección: Avda. de la Guardia Civil, 1. 41013 Sevilla.
sgtur.ctae@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
Finalidad
- Tramitación de solicitudes de subvención (recepción, evaluación, resolución, pago y justificación).
- Comprobación de requisitos y control financiero-administrativo.
- Gestión documental y seguimiento del proyecto subvencionado.
- Publicación obligatoria de beneficiarios para transparencia y control público.
- Comunicación obligatoria a órganos europeos en cumplimiento del PEPAC.
- Comprobación de requisitos y control financiero-administrativo.
- Gestión documental y seguimiento del proyecto subvencionado.
- Publicación obligatoria de beneficiarios para transparencia y control público.
- Comunicación obligatoria a órganos europeos en cumplimiento del PEPAC.
Delegado de protección de datos
dpd.ctae@juntadeandalucia.es
Interesados
Representantes legales de los Ayuntamientos de los municipios que conforman los Pueblos Blancos de la Sierra de Cádiz, así como el personal técnico que interviene en el proyecto.
Datos personales
Datos identificativos: nombre, apellidos, DNI/NIE y cargo que acredita la representación.
- Datos de contacto profesional.
- Firma electrónica utilizada en la solicitud y resto de trámites.
- Datos de contacto profesional.
- Firma electrónica utilizada en la solicitud y resto de trámites.
Cesiones de datos
En el desarrollo del procedimiento de gestión de las subvenciones, los datos personales podrán ser comunicados únicamente en los casos en que exista obligación legal, en particular para dar cumplimiento a los requisitos de publicidad y transparencia, así como para posibilitar el acceso a la información por parte de organismos públicos competentes en funciones de control, fiscalización y auditoría del uso de fondos FEDER, tanto a nivel nacional como europeo (Intervención, Cámara de Cuentas, Comisión Europea, OLAF, Tribunal de Cuentas de la UE).
Transferencias internacionales
No se prevén transferencias internacionales de datos. El acceso por parte de organismos de control de la UE se realiza dentro del Espacio Económico Europeo y al
amparo del derecho de la Unión.
amparo del derecho de la Unión.
Periodo de conservación
Los documentos justificativos y los datos asociados se conservarán durante un periodo mínimo de cinco años a contar desde el 31 de diciembre del año en el que se liquide la cuenta justificativa de la subvención (art. 82 Reglamento UE 2021/1060), y durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar del tratamiento. Asimismo, será de aplicación la normativa de documentos, archivos y patrimonio documental de Andalucía.
Medidas de seguridad
El procedimiento ha sido configurado aplicando el principio de protección de datos desde el diseño y por defecto (art. 25 RGPD). Las medidas de seguridad adoptadas se corresponden con las previstas en el Anexo II del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS).
Base jurídica
El tratamiento de los datos de carácter personal se legitima en el artículo 6.1 del RGPD, específicamente bajo las letras c) y e):
• Artículo 6.1.c) RGPD: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Ley 38/2003, General de
Subvenciones; Decreto 282/2010 y Decreto Legislativo 1/2010 de Hacienda Pública de Andalucía).
• Artículo 6.1.e) RGPD: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al
responsable del tratamiento.
La publicación de beneficiarios y la comunicación de datos a órganos de control y auditoría se fundamentan en obligaciones legales de transparencia y control del
gasto público, derivadas del sistema de financiación FEDER y de la normativa estatal y europea aplicable.
• Artículo 6.1.c) RGPD: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Ley 38/2003, General de
Subvenciones; Decreto 282/2010 y Decreto Legislativo 1/2010 de Hacienda Pública de Andalucía).
• Artículo 6.1.e) RGPD: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al
responsable del tratamiento.
La publicación de beneficiarios y la comunicación de datos a órganos de control y auditoría se fundamentan en obligaciones legales de transparencia y control del
gasto público, derivadas del sistema de financiación FEDER y de la normativa estatal y europea aplicable.
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