DGFPE- Gestión del alumnado participante en el Subproyecto C19I3S1P1 incardinado en la medida C19I3 «Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género (MED)».

Información general

Responsable del tratamiento
Dirección General de Formación Profesional para el Empleo. Calle Albert Einstein, 4, Edificio World Trade Center, Isla de la Cartuja, 41092 de Sevilla y correo electrónico dgfpe.ceeta@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
Finalidad
Formación no formal en capacidades digitales demandadas por el ámbito productivo, que mejoren la ocupabilidad futura e impulsen el emprendimiento digital (en particular, fortaleciendo la extensión de start-ups de base tecnológica), de mujeres en desempleo, residentes en el mundo rural.
Delegado de protección de datos
dpd.ceeta@juntadeandalucia.es

Interesados

- Personas físicas.
- Empresas.

Datos personales

- Alumnado: nombre y apellidos, DNI/NIF/NIE, domicilio, dirección, correo electrónico, teléfono. Características personales: fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad.
- Personal formador: nombre y apellidos, DNI/NIF/NIE, domicilio, dirección, correo electrónico, teléfono.
- Contratistas: NIF del contratista o subcontratistas, nombre o razón social, domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas.

Cesiones de datos

No están previstas cesiones de datos a terceros, salvo las derivadas de una obligación legal.

Transferencias internacionales

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. De igual modo, también será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de documentos, archivos y patrimonio documental de Andalucía.

Medidas de seguridad

Se aplican las medidas de seguridad del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, correspondientes a ficheros de nivel básico. Adicionalmente, para tratamientos automatizados, se aplicarán las medidas previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

Base jurídica

- RGPD: Art. 6.1 e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
- Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».
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