Memoria 2024. TARCJA

15 I. PRESENTACIÓN • Los recursos referidos en el artículo 1.1 a) del De- creto 332/2011, de 2 de noviembre, que se inter- pongan contra los actos dictados en materia de contratación pública por las Universidades Públi- cas de Andalucía. • Los recursos interpuestos contra actos de las cor- poraciones locales, según lo prescrito en el artícu- lo 46.4 de la LCSP. Mediante Decreto 120/2014, de 1 de agosto, se mo- difica la composición y funcionamiento del Tribunal. En su artículo 2 se establece que el mismo“ estará compuesto por la persona titular de la Presidencia y dos Vocales ”, estableciendo que“ en caso de que el volumen de asuntos sometidos al conocimiento del Tribunal lo aconseje por causas debidamente acredi- tadas, el número de vocales podrá incrementarse por Decreto del Consejo de Gobierno ”. Dicho artículo fue modificado mediante la Disposi- ción final sexta del Decreto-ley 3/2021, de 16 de fe- brero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En ella se amplía el número de vocales a cuatro, al tiempo que establece la división del Tribunal en un“ mínimo de dos secciones ”, facultando a la Presidencia del Tri- bunal para“l a determinación de su composición, la distribución de asuntos entre las mismas y el reparto de atribuciones entre las Secciones y el Pleno ”. En aplicación de lo establecido en este Decreto-ley, mediante aprobación de los Acuerdos 1 y 2 de la Presidencia del Tribunal, en junio de 2022, se crean tres Secciones y se regula el funcionamiento de las mismas.

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