Memoria 2024. TARCJA

MEMORIA DEL TARCJA 2024 54 VI.1.7. Lugar de presentación El artículo 51 de la LCSP establece que el escrito de interposición podrá presentarse en el registro del ór- gano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso. Asimismo, el mencionado precepto prevé que el re- curso se podrá presentar en el resto de los lugares es- tablecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estos son: a) En los restantes registros electrónicos de la Ad- ministración General del Estado, las Administra- ciones de las Comunidades Autónomas, las Enti- dades que integran la Administración Local y del sector público institucional. b) En las oficinas de Correos. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. d) En las oficinas de asistencia en materia de regis- tros. e) En cualquier otro que establezcan las disposicio- nes vigentes. En el supuesto de que se presente el recurso en un registro distinto al del órgano de contratación o al del órgano competente para la resolución del recurso, se ha de tener en cuenta que se deberá remitir al Tribu- nal copia del escrito presentado de manera inmedia- ta y de la forma más rápida posible. Resulta relevante recordar que, desde el día 1 de ju- nio de 2020, la presentación del recurso especial o reclamación ante el Tribunal se realizará, exclusiva- mente, por medios electrónicos en el Registro Elec- trónico Único de la Junta de Andalucía a través del procedimiento de recurso especial o reclamación en materia de contratación incorporado en el Registro de Procedimientos y Servicios. Siendo así que la presentación electrónica del recur- so especial o reclamación en materia de contrata- ción ante el TARCJA se realizará través del siguiente enlace : https://www.juntadeandalucia.es/organismos/tarc/ servicios/procedimientos/detalle/10136.html VI.1.8. Tramitación del recurso. Comunicaciones con el Tribunal. Notificaciones Comunicaciones e intercambio de documentación El artículo 54 de la LCSP dispone que las comuni- caciones y el intercambio de documentación entre los órganos competentes para la resolución de los recursos, los órganos de contratación y los interesa- dos en el procedimiento se harán por medios elec- trónicos. Como anteriormente se ha indicado, durante el año 2020 y como consecuencia de la crisis sanitaria se ha impulsado la tramitación electrónica del procedi- miento de recurso especial en materia de contrata- ción. En este sentido el mencionado artículo 44 del Decreto-Ley 13/2020, establece que las alegaciones de las personas interesadas y demás escritos a pre- sentar en relación con cualesquiera otros trámites necesarios para el desarrollo del procedimiento se realizarán por medios electrónicos en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía a través del procedimiento de recurso especial o reclamación en materia de contratación incorporado en el Regis- tro de Procedimientos y Servicios. Sobre lo mencionado, resultan de especial importan- cia dos de los trámites que pueden tener lugar en el procedimiento de recurso, a saber, la subsanación de la persona recurrente, y las alegaciones de las perso-

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