Proyecto de Decreto para regular la creación de una ventanilla única para la atención a las víctimas de la violencia de género en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

El Estatuto de Autonomía para Andalucía se pronuncia sobre la lucha contra la violencia de género y la protección integral a las mujeres, al establecer en su artículo 16 que las mujeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas.

Por su parte, el articulo 73.2 del Estatuto dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia compartida en materia de lucha contra la violencia de género, la planificación de actuaciones y la capacidad de evaluación y propuesta ante la Administración Central. La Comunidad Autónoma podrá establecer medidas e instrumentos para la sensibilización sobre la violencia de género y para su detección y prevención, así como regular servicios y destinar recursos propios para conseguir una protección integral de las mujeres que han sufrido o sufren este tipo de violencia.

El artículo 26 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, establece que las Administraciones  públicas  de  Andalucía,  en  el  ámbito  de  sus  competencias, deberán garantizar a las mujeres víctimas de violencia de género el derecho a recibir información sobre los centros, recursos y servicios de atención existentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a tener acceso a la información en materia de violencia de género a través de las nuevas  tecnologías,  particularmente  en  relación  a  recursos  existentes  y  servicios  de atención.

Problemas que se pretenden solucionar

Facilitar a la ciudadanía en general y a las víctimas de violencia de género en particular, el conocimiento de los recursos públicos que el gobierno de la Comunidad autónoma de Andalucía pone a disposición de los mismos con la finalidad de favorecer la erradicación de la violencia de genero al tiempo que el tratamiento sistematizado a las víctimas.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El incremento de los recursos disponibles a favor de las víctimas de la violencia de género que se ha producido desde la entrada en vigor de la Ley 13/2007, anteriormente referida, y, como se ha indicado anteriormente, el carácter transversal de los mismos, ha propiciado que sean múltiples los órganos administrativos implicados en la prestación de los servicios y la realización de acciones que derivan de aquellos, y que la difusión del conocimiento sobre éstos se realice en el marco de sus respectivos ámbitos competenciales. De ahí la necesidad de la creación de una ventanilla única que permita unificar en un sitio web concreto la información relativa a los recursos disponibles, que será sin duda un elemento facilitador del conocimiento de los mismos por la ciudadanía. Su carácter multidisciplinar y el elenco de entes públicos que tendrán cabida en la referida ventanilla, aportando información relativa a las actuaciones realizadas con relación a la violencia de género, aconsejan su regulación mediante Decreto del Consejo de Gobierno.

Objetivos de la norma

El objetivo de la presente norma es regular la creación de una ventanilla única a través de la cual facilitar a la ciudadanía el conocimiento y, en su caso, el acceso a los recursos que el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucíapone a su disposición para la protección integral contra la violencia de género, mediante la creación de un sitio web que enlace con la información que de la referida materia se dispone en las Consejerías de la Junta de Andalucía, Agencias Administrativas y otras instituciones de ellas dependientes.

Posibles soluciones alternativas

En el presente proyecto normativo no se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, las organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico: participa.cji@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
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