Resolución de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación por la que se establece el trámite de consulta pública previa a la elaboración por la Consejería de Justicia e Interior del Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 13 de febrero de 2018, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de oficio por los profesionales de la abogacía y la procuraduría, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información general
- Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Orden de 9 de marzo de 2009, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio.
- Orden de 16 de abril de 2010, por la que se modifican los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio, aprobados mediante Orden de 9 de marzo de 2009.
- Orden de 17 de septiembre de 2012, por la que se modifican los módulos y bases de compensación económica por los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio y en el turno de guardia, establecidos en la Orden de 9 de marzo de 2009 y en la Orden de 26 de enero de 2012, respectivamente.
Normativa vigente:
- Orden de 13 de febrero de 2018 por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios prestados en el turno de oficio por los profesionales de la abogacía y procuraduría, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Aclarar las dudas planteadas por parte del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados en la aplicación de la Orden de 13 de febrero de 2018, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de oficio por los profesionales de la abogacía y procuraduría, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Reconocer nuevos módulos y bases de compensación fruto del diálogo con el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados y con el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales.
El artículo 49.2 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado mediante el Decreto 67/2008, de 26 de febrero, dispone que mediante orden de la consejería competente en materia de justicia se determinarán las bases económicas y módulos para la compensación económica por las actuaciones realizadas en el turno de oficio. En desarrollo de dicho artículo se han dictado sucesivas órdenes atendiendo a las necesidades de cada momento, por las que se aprueban los importes de las compensaciones económicas que corresponde a los profesionales designados para los servicios que presten en el turno de oficio. Con fecha 21 de febrero de 2018, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la Orden de 13 de febrero de 2018, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de oficio por los profesionales de la abogacía y la procuraduría, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tras la citada publicación, se han presentado diversos escritos remitidos desde los colegios de abogados y desde el propio Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, donde se nos han solicitado aclaraciones de determinados artículos que consideramos oportuno modificar para dar mayor seguridad jurídica, así como la mejora de otros que no han sido atendidos en un momento inicial. Igualmente, en el seno de la Comisión Mixta de la Administración de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, así como en la Comisión Mixta de la Administración de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales, se ha planteado la necesidad de continuar mejorando el servicio que prestan estos colectivos profesionales en el turno de oficio. Esta modificación de la orden, viene a dar respuesta a las necesidades trasladadas, con objeto de garantizar una oportuna atención a la ciudadanía.
- Dar nueva redacción a determinados artículos de la Orden de 13 de febrero de 2018 que, bien por sugerencia de los representantes de Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, bien tras la entrada en vigor de la citada Orden, han generado dudas de interpretación y extensión del contenido de los mismos; todo ello con el objetivo de dar una mayor seguridad jurídica en la aplicación de la misma.
- Mejora e inclusión de nuevos módulos fruto de la negociación en el seno de las Comisiones Mixtas.
No se contempla otra solución alternativa.
Pueden participar en esta consulta toda la ciudadanía, así como las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.
Esta participación se realizará a través de la siguiente cuenta de correo: participa.cji@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.