Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo I del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.
Información general
Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía (BOJA extraordinario núm. 1, de 29 de marzo de 2017). Orden de 11 de octubre de 2018, por la que se modifican los Anexos I y II del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía (BOJA núm. 202, de 18 de octubre de 2018).
Posibilidad de modificar el precio plaza y las bonificaciones sobre los precios públicos de los servicios de atención socioeducativa y de comedor escolar, una vez iniciado el curso escolar.
De conformidad con lo establecido en la Disposición final quinta del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, se habilita a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación para dictar las disposiciones que sean necesarias para modificar y desarrollar las previsiones establecidas en los Anexos I y II del citado Decreto-ley.
- Se establece la posibilidad de modificar de oficio la resolución de concesión de subvenciones en el caso de que durante el periodo bonificado se produzca una alteración de los precios públicos o de las bonificaciones aplicadas a los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años. - Establecer el procedimiento para que los centros de educación infantil puedan modificar el precio que hayan establecido del servicio de atención socioeducativa una vez iniciado el curso escolar.
No existen soluciones alternativas, dado que conforme a las previsiones contenidas en el Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, la modificación del Anexo I debe hacerse por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
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