Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.

Información general

Antecedentes de la norma

Mediante el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, el entonces Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente estableció las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.

En el artículo 5 del citado Real Decreto se dispone que serán las Comunidades Autónomas las que regulen los aspectos referentes a la instrucción de los procedimientos, adopten las resoluciones y realicen los pagos de las subvenciones en los ámbitos de su competencia.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el desarrollo de las bases reguladoras para la concesión de las citadas subvenciones se ha realizado mediante la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, y se efectúa su convocatoria para 2013, de la entonces Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, contemplándose en la misma que dichas subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria que se determine en la convocatoria de las mismas y se financiarán con cargo a los créditos presupuestarios generales del Estado. Quedando asimismo condicionada la cuantía máxima de las ayudas en cada convocatoria anual a las cantidades asignadas a la Comunidad Autónoma en Conferencia Sectorial.

Los criterios tenidos en cuenta en la distribución de fondos estatales para el fomento de razas autóctonas entre las Comunidades Autónomas asignados en el seno de la última Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural aconsejan la modificación de los apartados 3 y 1 de los artículos 6 y 7, respectivamente, de la citada Orden de 5 de diciembre de 2012, en el sentido de contemplar para las convocatorias de ayudas de las anualidades 2020 y siguientes la posibilidad de que los citados fondos estatales puedan ser complementados con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, dispone en su artículo 1.1 que corresponden a la citada Consejería, el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia agraria, pesquera, agroalimentaria, de desarrollo rural, medio ambiente, agua y cambio climático.

Problemas que se pretenden solucionar

El fomento de las razas ganaderas autóctonas se articula a través del mencionado Real Decreto 1625/2011, desarrollada por Orden de 5 de diciembre de 2012 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en la que se contempla solo una financiación estatal. No obstante, la Orden trata de permitir también que la financiación del mencionado fomento de razas sea autonómica, complementando con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Se hace necesario disponer de esta forma de financiación para poder complementar, en caso necesario, los fondos de financiación de las ayudas a asociaciones de criadores de razas autóctonas en Andalucía. Se pretende que esté disponible para la próxima convocatoria de estas ayudas.

Objetivos de la norma

La presente Orden tiene por objeto establecer la posibilidad de financiación con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, reguladas por el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre y la Orden de 5 de diciembre de 2012 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.

Envío de aportaciones

spg.capder@juntadeandalucia.es

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Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
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