Plan Especial de la Línea Eléctrica a 132 kV desde la Subestación "Vera" a la Subestación "Terreros" (Pulpí - Almería)

Información general

Antecedentes de la norma

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico

- Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)

- Ley 7/2007, de 9 de julio

Problemas que se pretenden solucionar

Con el funcionamiento de esta Línea, que transcurriría por los municipios de Vera, Cuevas del Almanzor y Pulpí, se pretende mejorar el abastecimiento de electricidad en la zona, al objeto de contribuir al desarrollo económico de la misma

Necesidad y oportunidad de su aprobación

En cumplimiento de los artículos 14 y 42 (apartados 3 y 4) de la LOUA, se hace necesario formular un Plan Especial al tratarse de una actuación de una actuación de interés público que comprende terrenos de más de un término municipal

Objetivos de la norma

- Permitir la realización de la citada Línea Eléctrica en suelo no urbanizable

- Justificar la ubicación pretendida y su incidencia urbanística territorial y ambiental

- Justificar la compatibilidad con el régimen urbanístico de aplicación

Posibles soluciones alternativas

- Alternativa 0: Supone la no realización del Plan Especial

- Alternativa 1: Representa el trazado de menor longitud (28,7Km) y trancurre por los tres términos municipales mencionados anteriormente

- Alternativa 2: Con 29,9 Km de longitud, atravesaría los mismos términos municipales

- Alternativa 3: Con una longitud de 31,4 Km, trancurriría, asimismo, por los mismos términos municipales

Envío de aportaciones

consultasprevias.dtal.cfiot@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
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