Proyecto de Orden por la que se regulan las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueban los distintivos para su identificación.
Información general
Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueban los distintivos para su identificación.
Mejorar y simplificar el procedimiento que regula las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, adaptando el mismo a lo dispuesto en el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
El Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, contiene una serie de medidas basadas en los principios de mejora regulatoria, que pretenden incrementar la transparencia, la seguridad jurídica, la racionalización administrativa, mejorar el funcionamiento interno del sector público y lograr una mejor coordinación administrativa, y con ello, impulsar una mayor eficiencia de la Administración, y ahondar específicamente en la reducción de cargas administrativas a las actividades productivas, la eliminación de las duplicidades existentes y la simplificación de las relaciones de los ciudadanos y las empresas con la Administración. Por todo ello se hace necesaria la aprobación de una nueva orden por la que se regulen las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueben los distintivos para su identificación.
Establecer una nueva regulación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, más simple, eliminando trabas administrativas para la ciudadanía, conforme a lo dispuesto en el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero.
No se contempla.
dgcomercio.ceeta@juntadeandalucia.es
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