Proyecto de Orden por la que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión y matriculación para cursar grados D y E del Sistema de Formación Profesional en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
  • Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
  • Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
  • Decreto 436/2008, de 2 de septiembre, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional Inicial que forma parte del sistema educativo.
  • Orden de 7 de junio de 2021, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de grado medio y superior, así como cursos de especialización de formación profesional en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Orden de 8 de noviembre de 2016, por la que se regulan las enseñanzas de Formación Profesional Básica en Andalucía, los criterios y el procedimiento de admisión a las mismas y se desarrollan los currículos de veintiséis títulos profesionales básicos.
  • Resolución de la D.G. de Formación Profesional, de 23 de junio de 2023, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de actuaciones del procedimiento de admisión del alumnado para cursar ciclos formativos de grado medio y superior, así como cursos de especialización de formación profesional para el curso escolar 2023/24 en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Andalucía
Problemas que se pretenden solucionar

La presente Orden establece las pautas y actuaciones procedimentales para llevar a cabo de forma metódica la admisión del alumnado que curse ciclos formativos de grado básico, medio y superior y cursos de especialización con el fin de asegurar una escolarización consecuente con las finalidades y los principios recogidos en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Se ha evidenciado la necesidad de establecer un marco normativo regulador de los criterios y procedimientos de admisión del alumnado que se escolariza en centros docentes públicos y sostenidos con fondos públicos para cursar ciclos formativos de grado básico, medio y de grado superior, así como cursos de especialización de formación profesional inicial.

            Igualmente, con esta nueva regulación se persigue la adopción de medidas de simplificación del procedimiento administrativo e implantación de la administración electrónica, en aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.

Objetivos de la norma

Con esta Orden se pretende adecuar los procedimientos de admisión en los ciclos formativos de grado básico, medio y superior, así como en cursos de especialización de formación profesional inicial a las modificaciones introducidas por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.

Por otro lado, esta Orden también tiene la finalidad de mejorar la gestión de los criterios y procedimientos de admisión para cursar ciclos formativos de grado medio y superior, así como cursos de especialización de formación profesional inicial en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Andalucía, mediante la tramitación electrónica de las solicitudes, reducción de cargas administrativas y simplificación documental, a la vez que se dota de mayor transparencia a las acciones que vertebran la escolarización de la formación profesional inicial del Sistema Educativo Andaluz.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado otras alternativas, por considerar que estas son las más adecuadas a los fines y objetivos que se persiguen con la Orden, así como a los principios de buena regulación: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Envío de aportaciones

dgfp.cdefp@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
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