Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de los «Premios al Trabajo Autónomo en Andalucía»
Información general
El artículo 63.1.1.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma, en el marco de la legislación del Estado, las competencias ejecutivas en materia de empleo y relaciones laborales, que incluyen en todo caso, el fomento del empleo, siendo objetivo básico de la Comunidad Autónoma la promoción de la capacidad emprendedora y de las iniciativas empresariales, incentivando especialmente la pequeña y mediana empresa, la actividad de la economía social y de los emprendedores autónomos, conforme a lo dispuesto en el artículo 157.4 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
En materia de fomento, el artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía determina que, en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.
La Ley 20/2007, de 11 de julio por la que se aprueba el Estatuto del trabajo autónomo, delimita el concepto de persona trabajadora autónoma, entendiéndose como aquella persona física que realiza de forma habitual, personal y directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
En el Plan Estratégico Andaluz del Trabajo Autónomo 2024-2027, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de diciembre de 2024, se prevé entre otras actuaciones, el reconocimiento público a las personas trabajadoras autónomas con contribuciones destacadas, así como a otros agentes que sobresalgan en el fomento del trabajo autónomo y en la mejora de la conciencia acerca de esta figura en Andalucía. Para ese fin establece el citado plan la creación de los «Premios al Trabajo Autónomo», al objeto de reconocer las habilidades, el esfuerzo y la dedicación de aquellas personas que visibilizan y dignifican la figura de la persona trabajadora autónoma, convirtiéndolas en fuentes de inspiración y motivación, tanto para las personas que ejercen o aspiran a ejercer la función empresarial, como para toda la sociedad andaluza.
La propuesta normativa no viene a solucionar los problemas existentes en el ámbito del trabajo autónomo, si no más bien, surgen con la idea de crear y regular los premios en este ámbito, poniendo de manifiesto el reconocimiento público de la labor de las personas trabajadoras autónomas en Andalucía. Se trata de poner en valor y dar una mayor difusión a la actividad que vienen desarrollando, iniciándose o reinventándose en nuevos proyectos que les permiten seguir creciendo y poniendo en valor iniciativas económicas solventes.
En este contexto y ante la inexistencia de una regulación de premios en el ámbito del trabajo autónomo en Andalucía, dando cumplimiento a lo establecido en el Plan Estratégico Andaluz del Trabajo Autónomo 2024-2027, mediante el presente proyecto de Orden se pretende establecer un marco normativo de los mismos, que ponga de manifiesto el reconocimiento público de la labor de las personas trabajadoras autónomas en Andalucía. Se trata de poner en valor y dar una mayor difusión a la actividad que vienen desarrollando, iniciándose o reinventándose en nuevos proyectos que les permiten seguir creciendo y iniciativas económicas solventes. Por ello, estos premios nacen, con el espíritu de prestigiar la labor de las personas trabajadoras autónomas, así como las contribuciones significativas que estos profesionales hacen a la economía, la innovación, la flexibilidad, el empoderamiento y el impacto social, con el propósito de mejorar la conciencia de la sociedad andaluza acerca de la figura de la persona trabajadora autónoma y su papel clave y vertebrador en la economía andaluza.
Esta iniciativa normativa está justificada por una razón de interés general, en cuanto que con ella se busca la promoción y el fortalecimiento de las personas trabajadoras autónomas en Andalucía.
Los principales objetivos que se quieren conseguir con las aprobación de esta norma son:
1. Reconocer y distinguir públicamente el trabajo y dedicación de las personas trabajadoras autónomas de Andalucía, poniendo en valor la excelencia profesional, reconociendo al mismo tiempo la aportación de este colectivo a la sociedad andaluza, así como de las empresas y entidades, públicas o privadas, que difundan y apoyen el trabajo autónomo en Andalucía.
2. Dar visibilidad al trabajo autónomo.
Actualmente no se han encontrado otras soluciones a esta necesidad.
La ciudadanía y las organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:
sv.pie.ceeta@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.