Proyecto de Decreto por el que se crea la marca "SOMOS COOPERATIVA de Andalucía" y se regula el procedimiento para su uso.
Información general
La Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud del artículo 58.1.4.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, ostenta competencias exclusivas en materia de fomento, ordenación y organización de cooperativas, y más específicamente la regulación y el fomento del cooperativismo; además, el artículo 172.2 del citado Estatuto de Autonomía establece que las cooperativas y demás entidades de economía social serán objeto de atención preferente en las políticas públicas.
Asimismo, el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, atribuye a dicha Consejería competencias en materia de economía social, con especial atención a las cooperativas y sociedades laborales. En particular, según su artículo 9, corresponde a la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social la planificación, gestión y promoción de políticas públicas y programas dirigidos al impulso de las empresas de economía social, especialmente las cooperativas.
En la vertiente sustantiva, la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, viene a configurar un marco jurídico orientado al reconocimiento y mejora de la visibilidad de la economía social, tanto de las entidades que la conforman como de sus organizaciones representativas, subrayando su promoción, estímulo y desarrollo como tareas de interés general, sin sustituir la normativa específica aplicable a cada tipo de entidad.
En este sentido, al amparo de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, se reconoce como tarea de interés público la promoción, desarrollo y estímulo de las sociedades cooperativas andaluzas, por su carácter de empresas generadoras de democracia económica, así como por su contribución a la vertebración territorial, considerándoselas, asimismo, un instrumento privilegiado en orden a canalizar en el ámbito empresarial la actividad emprendedora de la población andaluza.
A su vez, el Plan de Acción Europeo para la Economía Social, aprobado por la Comisión Europea el 9 de diciembre de 2021, destacó que la falta de visibilidad sigue siendo uno de los principales desafíos para este sector, particularmente entre la juventud, colectivos vulnerables y agentes financiadores.
En consonancia con dicho plan, se ha aprobado la Estrategia Española para la Economía Social 2023-2027 y, a nivel autonómico, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de octubre de 2023, el Plan Estratégico para el Impulso y Modernización de la Economía Social en Andalucía (PIMESA) 2023-2026, que tiene como finalidad promover en un sentido amplio las entidades de la economía social andaluza y, en especial, pretende el aumento de su visibilidad y la difusión de su actividad en la sociedad, el apoyo al emprendimiento y el empleo en dicho ámbito, el impulso a la consolidación, el desarrollo sostenible y la competitividad de las empresas de economía social, el fomento de la responsabilidad social empresarial de las citadas sociedades, la promoción de formas específicas e innovadoras en la economía social y el apoyo a la vertebración asociativa del sector.
El PIMESA incluye, como uno de sus objetivos estratégicos, el aumento del reconocimiento de la economía social por parte de la sociedad, a través de programas específicos de difusión y valorización de sus entidades. En este contexto, el plan contempla dentro de su Línea Estratégica 3, relativa a la “Difusión y puesta en valor de la economía social”, el desarrollo de un programa para diseñar y crear una estrategia que otorgue valor comercial y social a una marca promocional destinada a las sociedades cooperativas andaluzas.
Con la aprobación del Proyecto de Decreto por el que se crea la marca «SOMOS COOPERATIVA de Andalucía» y se regula el procedimiento para su uso, se pretende dar respuesta a la falta de visibilidad y de reconocimiento de las entidades de la economía social por parte de la ciudadanía, por parte de otros colectivos empresariales y las Administraciones Públicas. La creación de una marca constituye una iniciativa eficaz para visibilizar el cooperativismo andaluz, identificando bienes y servicios de nuestras sociedades cooperativas, facilitando que las personas consumidoras los valoren y reconozcan, contribuyendo así al fortalecimiento y a la mejora de la competitividad del sector.
A través de la marca «SOMOS COOPERATIVA de Andalucía» se da solución a la falta de reconocimiento de los valores propios de las entidades de la economía social. Las sociedades cooperativas se basan en los valores de democracia, igualdad, equidad y solidaridad; en definitiva, son empresas centradas en las personas.
Con la creación de una marca institucional y promocional que permita distinguir los productos y servicios de nuestras sociedades cooperativas, se fortalece la identidad territorial y el modelo cooperativo en Andalucía.
La aprobación de esta norma se plantea como oportuna y necesaria ante la inexistencia de una regulación en el uso de una marca genérica para las sociedades cooperativas andaluzas, persiguiendo establecer un marco regulatorio que dé visibilidad a estas entidades de la economía social en el sector comercial y ante la población en general.
El objeto de este decreto es la creación de la marca «SOMOS COOPERATIVA de Andalucía» y la regulación del procedimiento para el reconocimiento del derecho de uso de la misma por las sociedades cooperativas. La marca tiene como finalidad apoyar, promover, impulsar y poner en valor a las sociedades cooperativas.
Los principales objetivos que se quieren conseguir con las aprobación de esta norma son:
1. Apoyar, promover, impulsar y poner en valor a las sociedades cooperativas andaluzas a través del reconocimiento de la calidad de sus productos y servicios.
2. Fortalecer la identidad territorial y el modelo cooperativo en Andalucía, así como destacar los valores diferenciales de las sociedades cooperativas andaluzas frente a productos similares.
Dada la particularidad del objeto del proyecto de decreto, no se han barajado otras opciones de carácter normativo, ya que no existe norma de rango superior que regule la creación y el uso de una marca destinada a ser utilizada por las sociedades cooperativas andaluzas. En cuanto a soluciones no regulatorias, éstas no se plantean.
La ciudadanía y las organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:
sv.registroinspeccion.ceeta@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta