Proyecto de Orden que regulará las pruebas de obtención de título de técnico y de técnico superior del Sistema de formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 52.2 la competencia compartida de la Comunidad Autónoma en el establecimiento de planes de estudio y en la organización curricular de las enseñanzas que conforman el sistema educativo.


La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece mediante el capítulo V “Formación profesional”, del Título II” Las enseñanzas”, los aspectos propios de Andalucía relativos a la ordenación de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.


El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, determina en su artículo 141 que las pruebas para la obtención de título de técnico y de técnico superior serán convocadas, al menos, una vez al año.


La Orden de 8 de de octubre de 2010, por la que se regulan las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo y se convocan las correspondientes en el año 2010, debe ser derogada para adecuar la convocatoria de la pruebas de obtención de título de técnico y de técnico superior del Sistema de formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía a las direcctrices marcadas en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.


El artículo 14 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, establece que el principio de igualdad entre mujeres y hombres inspirará el sistema educativo andaluz y el conjunto de políticas que desarrolle la Administración educativa. Esta norma contemplará la integración transversal del principio de igualdad de género en la educación.


El Decreto 147/2025, de 17 de septiembre de 2025, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de los Grados D y E del Sistema de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, regula los aspectos generales de estas enseñanzas y establece en su artículo 30 que los títulos, certificados y acreditaciones de grados D y E podrán obtenerse mediante la superación de las pruebas libres para superar los módulos incluidos en los títulos de técnico y técnico superior.

Problemas que se pretenden solucionar

La normativa vigente presenta una evidente desactualización respecto al nuevo marco estatal regulador del Sistema de Formación Profesional. Esta situación genera inseguridad jurídica y dificulta la adecuada organización y convocatoria de las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior.

Por ello, resulta necesario establecer un nuevo marco normativo que regule de forma clara, coherente y adaptada a la normativa estatal vigente dichas pruebas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

En la determinación de este proyecto de Orden se tendrá en cuenta la realidad socioeconómica de Andalucía, así como las necesidades de desarrollo económico y social de su estructura productiva.


Se hace necesario tener en cuenta las medidas conducentes a flexibilizar la oferta de formación profesional para facilitar la formación a las personas cuyas condiciones personales, laborales o geográficas no les permiten la asistencia diaria a tiempo completo a un centro docente. Para ello, se establecerán orientaciones que indiquen los itinerarios más adecuados en el caso de que se cursen ciclos formativos de formación profesional de forma parcial, así como directrices para la posible impartición de los mismos en modalidad a distancia.

Objetivos de la norma

Establecer la orden por la que se regularán las pruebas de obtención del título de técnico y técnico superior del sistema de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Posibles soluciones alternativas

No se consideran viables alternativas regulatorias, dado que resulta imprescindible el desarrollo normativo específico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para dar cumplimiento a la normativa estatal y garantizar una adecuada ordenación de estas pruebas.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus aportaciones sobre los aspectos planteados en este documento a través del correo electrónico pruebasobtenciontitulos.cdefp@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
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