Compensación de oficio de deudas de otras entidades públicas.
Información general
Compensación de oficio de deudas de otras entidades públicas.
- Administraciones
Descripción
La compensación opera como forma de extinción de las deudas vencidas, líquidas y exigibles a favor de la Hacienda pública, una vez transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, en cuanto concurran con créditos reconocidos a favor de entidades públicas, de conformidad con lo establecido por el artículo 57 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Artículo 73.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente presencial.
Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa
Acceso a la fase
- Aportación de documentos:
Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.
Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
Información adicional
Órganos responsables
- Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449), Unidad Central de Recaudación. Dirección General de la Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449), Unidad Central de Recaudación.
- Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449). Dirección General de la Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449).
- Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449). Dirección General de la Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos