Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el desarrollo de procesos de participación ciudadana, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales destinadas a los municipios de más de 20.000 habitantes y a las Diputaciones Provinciales. (Bases reguladoras 2018)

Información general

Título formal:

Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el desarrollo de procesos de participación ciudadana, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales destinadas a los municipios de más de 20.000 habitantes y a las Diputaciones Provinciales. (Bases reguladoras 2018)

Código:
13295
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Administraciones
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
29/06/2018

Descripción

Establecer las bases reguladoras y formularios tipo para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios de más de 20.000 habitantes y a las Diputaciones Provinciales, para el desarrollo de actuaciones, procesos, procedimientos e instrumentos ordenados y secuenciados en el tiempo, con la finalidad de posibilitar el ejercicio del derecho de la ciudadanía tanto adulta como infantil a la participación, en condiciones de igualdad y de manera real y efectiva, de forma individual o colectiva, en la dirección de los asuntos públicos locales.

Las subvenciones reguladas en la presente línea irán destinadas al desarrollo de, al menos, alguno de los procesos participativos siguientes, contemplados en la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía:

a) Deliberación participativa.

b) Participación en la elaboración de presupuestos.

c) Participación ciudadana mediante consultas populares.

d) Participación ciudadana en la proposición de políticas públicas y elaboración de normas.

e) Participación ciudadana en el seguimiento y evaluación de las políticas públicas y en la presentación de los servicios públicos prestados por las corporaciones locales.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y excepciones (Artículo 3).

4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir.

4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades: Los municipios de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales respecto a los municipios de hasta 20.000 habitantes o de su propio ámbito de actuación que decidan implementar actuaciones, procesos, procedimientos e instrumentos ordenados y secuenciados en el tiempo vinculados a la participación ciudadana.

4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:

a) Ser un Municipio de más de 20.000 habitantes perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía conforme al último dato publicado como censo oficial.

b) Ser una Diputación Provincial perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:

Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán mantenerse desde la fecha en que se presente la solicitud hasta la completa ejecución de la subvención concedida.

Documentación

Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II, salvo que se hubiera presentado con la solicitud Anexo I (Artículos 10 y 17):

- Certificado de la Secretaría del municipio solicitante indicando nombramiento de la Alcaldía, así como composición de la Junta de Gobierno Local. Certificado análogo para las diputaciones provinciales.

- Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente cuya titularidad corresponda a la corporación local solicitante.

- Certificado suscrito por la Secretaría de la corporación municipal solicitante o certificado análogo para las diputaciones provinciales, acerca del compromiso de aportar el importe exacto de la cuantía de fondos propios a asignar al desarrollo de la actuación subvencionada, en caso de que se prevea cofinanciación por parte de la entidad solicitante.

- En los casos en que la entidad solicitante sea un municipio, documento acreditativo del número de habitantes recogido en la página oficial del Instituto Andaluz de Estadística y Cartografía de Andalucía, validado por la persona titular de la Secretaría de la corporación municipal solicitante, donde se acredite que el municipio perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía está formado por más de 20.000 habitantes, conforme al último dato publicado como censo oficial.

- Certificación acreditativa de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

- Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal. En el caso de que disponga de un nuevo número de identificación fiscal, se deberá aportar copia tanto de la nueva como de la antigua.

- En su caso, certificación de la persona titular de la Secretaría de la entidad solicitante de implantación de un Plan de Calidad, y/o de un Plan de Igualdad, en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2017 de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.

Plazo de Inicio

  • 02/09/2019 - 14/10/2019 (Del 2 de septiembre del 2019 al 14 de octubre del 2019, ambos inclusive)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 2 Meses. Dos meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/217727.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 16/10/2018 Se ha modificado en este trámite:Modo de Consulta de estado

  • 31/05/2019 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 26/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Resolución

  • 26/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 26/07/2019 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 09/10/2019 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 09/10/2019 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • Última actualización: 17/01/2024
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