Ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota de arrastre con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional Mediterráneo.

Información general

Título formal:

Ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota de arrastre con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional Mediterráneo.

Código:
14611
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
21/05/2018

Descripción

Ayudas a medidas destinadas a la paralización temporal de la flota pesquera de arrastre con puerto base en Andalucía, y que faene en el Caladero Nacional Mediterráneo, contenidas en el artículo 33.c) del Reglamento UE nº 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas ayudas:

a) Las personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores), así como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones encargadas de la explotación de buques pesqueros afectados por la parada temporal que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

b) Los tripulantes que hayan trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.

Para ampliar esta información consultar la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto  base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional, en las modalidades de arrastre de fondo, cerco y palangre de superficie, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020)

Documentación

Documentación de carácter general:
a) Cuando se trate de persona física: copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjeros (NIE), cuando se opongan a su consulta a través del Sistema de Verificación de Identidad.
b) Cuando se trate de persona jurídica: copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal (NIF) y de la escritura de constitución y estatutos de la sociedad así como de modificaciones ulteriores debidamente inscritas en el registro correspondiente.
c) Cuando se trate de una agrupación de personas de las identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal (NIF), de la escritura de constitución de la misma así como del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjeros (NIE) de cada uno de sus miembros cuando se opongan a su consulta.
d) En caso de existir persona representante legal: copia del poder suficiente a efectos de representación y copia del Documento Nacional de
Identidad (DNI), cuando se opongan a su consulta. Si la persona representada es una persona jurídica, el apoderamiento deberá figurar inscrito en el
Registro Mercantil, salvo que sea un apoderamiento especial para un acto concreto, todo ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para la documentación específica de acuerdo a la condición de tripulante y/o armador consultar la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto  base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional, en las modalidades de arrastre de fondo, cerco y palangre de superficie, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020)

  • Plazo de aportación de documentos

    01/09/2022 - 30/09/2022

    Resolución de las ayudas Arrastre Mediterráneo 2021. SEGUNDA CONVOCATORIA DE 2021. Plazo para interponer recurso de reposición de 1 mes desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución. (Orden convocatoria 15/12/2021. Orden bases reguladoras 04/02/2020).

  • Plazo de aportación de documentos

    01/09/2022 - 30/09/2022

    Resolución de las ayudas a tripulantes y complementaria de armadores de Arrastre mediterráneo de 2021. PRIMERA CONVOCATORIA. Orden de 5/03/2021. (Bases reguladoras de 4/02/2020). Plazo de 1 mes desde día siguiente al de esta publicación de esta Resolución para interponer recurso de reposición.

Normativa

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2021

02/07/2021. PRIMERA CONVOCATORIA Subsanación Anexo I
24/09/2021. PRIMERA CONVOCATORIA Propuesta provisional y Anexo IV
27/09/2021. PRIMERA CONVOCATORIA Resolución inadmitidos
21/10/2021. PRIMERA CONVOCATORIA Propuesta Provisional Complementaria y Anexo
14/01/2022. PRIMERA CONVOCATORIA Requerimiento de Subsanación.
08/03/2022. SEGUNDA CONVOCATORIA Subsanación Anexo I
22/03/2022. PRIMERA CONVOCATORIA Resolución complementaria de inadmisión
29/04/2022. SEGUNDA CONVOCATORIA Propuesta provisional 2021
14/06/2022. SEGUNDA CONVOCATORIA Requerimiento de subsanación documental
15/06/2022. PRIMERA CONVOCATORIA Modificación de la Resolución complementaria de inadmitidos de 22/03/2022
20/06/2022. SEGUNDA CONVOCATORIA Resolución de Inadmitidos Arrastre Mediterráneo 2021
28/06/2022. PRIMERA CONVOCATORIA: Resolución de concesión de ayudas a armadores Arrastre Mediterráneo 2021
31/08/2022. PRIMERA CONVOCATORIA 2021.Resolución de ayudas a tripulantes y complementaria de armadores Arrastre mediterr. 2021.
31/08/2022. SEGUNDA CONVOCATORIA 2021.Resolución ayudas paralización temporal de Arrastre mediterráneo 2021.
06/09/2022. SEGUNDA CONVOCATORIA 2021. Resolución complementaria de concesión de ayudas a armadores

2020

22/10/2020. REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AYUDAS
23/02/2021. Propuesta Provisional y Anexo
23/02/2021. Resolución Inadmitidos
04/05/2021. Subsanación anexo II 2020
02/07/2021. Resolución Inadmitido R Adra
22/10/2021. Propuesta Provisional Complementaria y Anexo
05/11/2021. Resolución complementaria inadmitidos
12/11/2021. Resolución de las Solicitudes de Ayuda
17/01/2022. Resolución complementaria
17/01/2022. Resolución de corrección de errores de la resolución complementaria

2016

31/01/2019. REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES Y DILIGENCIA. CONVOCATORIA 2016
31/01/2019. PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE AYUDAS ARMADORES Y TRIPULANTES.
31/01/2019. PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DENEGATORIA. ARMADORES Y TRIPULANTES
31/01/2019. PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE SOLICITUDES INADMITIDAS
31/01/2019. PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE AYUDAS COMPLEMENTARIA.
31/01/2019. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DENEGATORIA COMPLEMENTARIA.
31/01/2019. PROPUESTA DEFINITIVA DE RESOLUCIÓN DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS
31/01/2019. RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE AYUDAS A LA PT DE ARRASTRE MEDITERRÁNEO
31/01/2019. RESOLUCIONES DE INADMITIDOS, DESFAVORABLES Y DE ARCHIVO DE EXPTES.

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA – FONDOS FEMP

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165669.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de Pesca y Acuicultura cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD ; Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en https://www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 06/09/2022 Se ha publicado: SEGUNDA CONVOCATORIA 2021. Resolución complementaria de concesión de ayudas a armadores

  • 06/09/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 07/09/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 31/08/2022 Se ha publicado: PRIMERA CONVOCATORIA 2021.Resolución definitiva de ayudas a tripulantes y complementaria de armadores Arrastre mediterr. 2021.

  • 31/08/2022 Se ha publicado: SEGUNDA CONVOCATORIA 2021.Resolución ayudas paralización temporal Arrastre mediterráneo 2021.

  • 31/08/2022 Se ha publicado: PRIMERA CONVOCATORIA 2021.Resolución de ayudas a tripulantes y complementaria de armadores Arrastre mediterr. 2021.

  • 31/08/2022 Se ha publicado: SEGUNDA CONVOCATORIA 2021.Resolución ayudas paralización temporal de Arrastre mediterráneo 2021.

  • Última actualización: 17/01/2024
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