Nuevo Registro de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Información general
Nuevo Registro de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Asociaciones y organizaciones
- Administraciones
Descripción
Se crea un nuevo Registro de Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Registro es de gestión telemática, tiene carácter público e informativo, sin perjuicio de los límites establecidos por la normativa de aplicación al tratamiento de datos de carácter personal y se configura como una base de datos informatizada que incluirá la información suministrada por la entidad local a la que pertenezca la Agrupación mediante la correspondiente solicitud de inscripción. Tiene como finalidad fundamental facilitar el conocimiento de las características y la distribución del voluntariado de protección civil en el ámbito territorial de Andalucía para una adecuada integración de las agrupaciones en los distintos planes de emergencia, así como, desde la perspectiva de la colaboración con las entidades locales, el conocimiento de la capacidad de apoyo, y el asesoramiento necesario para el impulso de las agrupaciones en sus respectivos municipios.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Requisitos
De acuerdo con el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado mediante Decreto 159/2016, de 4 de octubre, es necesario haberse constituido como Agupación Local del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como organización constituida con carácter altruista que, dependiendo orgánica y funcionalmente de los entes locales, tiene como finalidad la participación voluntaria de la ciudadanía en tareas de protección civil, realizando funciones de colaboración en labores de prevención, socorro y rehabilitación.
Corresponde al órgano competente de cada entidad local la creación, modificación, disolución y registro de la Agrupación, La solicitud de inscripción de alta, mantenimiento, modificación o cancelación en el Registro, tramitada por el órgano que de conformidad con lo previsto en la legislación sobre régimen local sea competente para ello, aportará la documentación correspondiente.
Documentación
De acuerdo con la Orden de 17 de diciembre de 2021:
1. Para el alta:
a) Certificación de la secretaría de la entidad local a la que pertenezca la agrupación en la que se haga constar el acuerdo de creación de la misma y la aprobación de su Reglamento por parte del órgano que de conformidad con lo previsto en la legislación sobre régimen local sea competente para ello.
b) Copia del reglamento de la agrupación.
c) Copia de la póliza de seguro a la que hace referencia el artículo 15 a) del Reglamento General Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado mediante Decreto 159/2016, de 4 de octubre, acompañada de la relación nominal y documento de identidad de las personas voluntarias aseguradas.
2. Para el mantenimiento de la inscripción:
a) Copia de la póliza de seguro a la que hace referencia el artículo 15, a) del Reglamento General, acompañada de la relación nominal y documento de identidad de las personas voluntarias aseguradas y vigencia para el año en curso.
b) Resumen de las actividades realizadas a lo largo del año natural anterior en su ámbito territorial o en colaboración con otras entidades locales, así como de las realizadas en colaboración con el órgano competente en materia de emergencias y protección civil de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía.
3. Para la cancelación de datos registrales en los casos de disolución de la agrupación: Se acompañará certificación de la secretaría de la entidad local a la que pertenezca la misma en la que se haga constar el acuerdo de disolución de la agrupación por parte del órgano que de conformidad con lo previsto en la legislación sobre régimen local sea competente para ello.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Orden de 27 de diciembre de 2021, por la que se crea el nuevo Registro de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Corrección de errores de la Orden de 27 de diciembre de 2021, por la que se crea el nuevo registro de las agrupaciones locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
- Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Emergencias y Protección Civil (Cód.: A01025765).
- Dirección General de Emergencias y Protección Civil (Cód.: A01025765).
- Dirección General de Emergencias y Protección Civil (Cód.: A01025765).
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
NOMBRE DE ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO: Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/181312.html).
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: El responsable del tratamiento es la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, cuya dirección es Casa Rosa Avda. Guardia Civil, 1 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dg.emergencias.cpai@juntadeandalucia.es.
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico dpd.cpai@juntadeandalucia.es.
FINALIDAD: Solicitar por parte de los entes locales la inclusión de sus Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil en el Registro de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
BASE JURÍDICA: Cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados conforme a lo previsto en la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, y en el Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Todo ello, de acuerdo con las competencias que tiene asignadas la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior en materia de protección civil y emergencias.
CESIONES DE DATOS Y TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS: No se prevén cesiones de datos ni transferencias internacionales.
PERIODO DE CONSERVACIÓN: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.
¿QUÉ DATOS PERSONALES SE TRATAN Y DE DÓNDE SE HAN OBTENIDO?: Los datos personales son facilitados por los propios solicitantes.
FUENTE DE DATOS: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/181312.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
23/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
18/01/2022 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual
18/01/2022 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
18/01/2022 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
18/01/2022 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
19/01/2022 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
19/01/2022 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
18/01/2022 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
18/01/2022 Se ha modificado en este trámite:Requisitos
18/01/2022 Se ha modificado en este trámite:Documentación