Subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía
Información general
- Ciudadanía
- Empresas
Descripción
Se trata de subvenciones al sector profesional del flamenco tanto para la producción y creación de nuevos espectáculos de flamenco, en sus distintas expresiones de cante, toque y baile, como para facilitar su asistencia, con espectáculos de flamenco, a festivales y eventos de especial interés cultural
Plazo de solicitud
- 21/03/2022 - 08/04/2022 (Se inicia el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siendo el último día de presentación de solicitudes el 8 de abril de 2022, inclusive.).
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicitud en línea.Presencialmente
Formularios
- Solicitud de subvenciones a la promoción del tejido profesional del flamenco. Línea de subvenciones a la asistencia a festivales y eventos de especial interés culturalNº: 002561/3D (Obligatorio)
- Solicitud de subvenciones a la promoción del tejido profesional del flamenco. Línea de subvenciones a la asistencia a festivales y eventos de especial interés cultural. Formulario de alegacionesNº: 002561/3/A02D (Obligatorio)
- Formulario para la presentación del presupuesto detallado y plan de financiación de la actividad para la que se solicita la subvención. Subvenciones a la promoción del tejido profesional del flamenco. Línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamencoNº: 002562/A03D (Obligatorio)
- Subvenciones a la promoción del tejido profesional del flamenco. Línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco. Formulario de alegacionesNº: 002562/3/A02D (Obligatorio)
- Formulario para la presentación del presupuesto detallado y plan de financiación de la actividad para la que se solicita la subvención. Subvenciones a la promoción del tejido profesional del flamenco. Línea de subvenciones a la asistencia a festivales y eventos de especial Nº: 002561/A03D (Obligatorio)
- Subvenciones a la promoción del tejido profesional del flamenco. Línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamencoNº: 002562/3D (Obligatorio)
Documentación
Orden de 24 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía
Apartado 15 del cuadro resumen de las citadas bases reguladoras:
a) Memoria de la trayectoria artística o experiencia profesional de la compañía, formación, del artista
principal, así como de la persona que desarrolle las funciones de dirección.
b) Material promocional de los espectáculos o referencias publicadas en prensa o contratos o facturas de
representaciones realizadas por la compañía en el año natural anterior a la convocatoria.
c) Contrato, convenio o acuerdo en vigor firmado por las partes, en los casos en los que el espectáculo
sea realizado en residencia artística o, en su caso, contrato de coproducción firmado por los
coproductores, en el que deberán constar expresamente y cuantificadas las aportaciones de cada
coproductor.
d) Certificados de actuación expedidos por los titulares de los espacios o por la sociedad de gestión de
derechos de autor correspondiente o referencias publicadas en prensa de las representaciones realizadas
por la compañía,formación o artista en el año natural anterior a la convocatoria.
e) Certificado o comunicación del premio o los premios obtenidos por la compañía, formación, artista
principal o la persona que desarrolle las funciones de dirección, así como referencias publicadas en
prensa.
f) Contrato, convenio o acuerdo firmado por las partes en el que figuren las aportaciones de cada parte,
en aquellos supuestos en los que haya presencia de otros inversores o co-financiación en un mínimo del
10%.
g) Contrato, carta de compromiso o factura proforma, copia del NIF y documento de alta en el IAE, en el
caso de que se haya producido la contratación de servicios profesionales de comercialización, producción o
comunicación.
h) Contrato, carta de compromiso o factura proforma, copia del NIF y documento de alta en el IAE, en el
supuesto de que hayan contratado servicios creativos a profesionales (Diseños de dirección, escenografía,
composición, vestuario, iluminación, espacio sonoro o coreografía).
i) Autorización del autor o del representante de la entidad de gestión de derechos de autor que
corresponda, en su caso.
j) En relación con las medidas de igualdad de género:
Para acreditar la presencia de mujeres en las autorías (dramaturga, coreógrafa o compositora)copia de
contratos o nóminas, carta de compromiso o factura proforma.
Para acreditar la presencia de mujeres en los equipos de gestión o dirección: recibo de autónoma o
escrituras de constitución y estatutos registrados de la entidad.
Requisitos
Orden de 24 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía
Apartado 14 del cuadro resumen de las citadas bases reguladoras:
Las personas físicas o jurídicas que resulten beneficiarias estarán obligadas a suministrar, previo requerimiento y en el plazo de máximo 15 días, toda la información que resulte necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. leyenda: ¿Es un proyecto en colaboración con:...¿ A continuación se insertará el logotipo de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que será facilita do por el órgano concedente
Insertar en todo tipo de publicidad, que realice la persona o entidad beneficiaria de la ayuda, de la actividad u objeto de la subvención, sobre cualquier soporte o formato, en lugar destacado, la leyenda: ¿Es un proyecto en colaboración con:...¿ A continuación se insertará el logotipo de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que será facilita do por el órgano concedente
Normativa
- Orden de 24 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía
- Resolución de 29 de julio de 2019, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía
- Resolución de 8 de junio de 2020, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2020 las subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
- Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros,coordinación de alertas, impulso de la telematización,reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19)
- Extracto de la Resolución de 29 de julio de 2019, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
- Extracto de la Resolución de 8 de junio de 2020, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2020 las subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
- Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se convocan para el año 2021, las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
- Extracto de la Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
- Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2022, las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
- Extracto de la Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 24 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Cód.: A01014082), Gerencia de la Agencia de Instituciones Culturales. Secretaría General Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Cód.: A01014082).
- Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Cód.: A01014082), Gerencia de la Agencia de Instituciones Culturales. Secretaría General Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Cód.: A01014082).
- Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Cód.: A01014082), Gerencia de la Agencia de Instituciones Culturales. Secretaría General Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Cód.: A01014082).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses. contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Seguimiento
En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.
2022
20/05/2022. ACUERDO DE LA GERENCIA DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR EL QUE SE REALIZA EL REQUERIMIENTO PARA LA SUBSANACIÓN DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL TEJIDO PROFESIONAL DEL FLAMENCO EN ANDALUCÍA, CONVOCADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 1 MARZO DE 2022 (BOJA NÚM. 53, DE 18 DE MARZO DE 2022)¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Información sobre el tratamiento de datos personales
AIICC-GESTIÓN ECONÓMICA, CONTRATACIÓN Y SUBVENCIONES https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165463.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es Agencia Andaluza de Instituciones Culturales cuya dirección es Edificio Estadio Olímpico, Puerta M. Isla de la Cartuja s/n, 41092, Sevilla y cuyo correo electrónico es dpd.aaiicc@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Edificio Estadio Olímpico, Puerta M. Isla de la Cartuja s/n, 41092, Sevilla o en el correo electrónico dpd.aaiicc@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para Gestión contable, fiscal y administrativa. Gestión de subvenciones.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es Art. 8. 1.c) LOPDGDD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento
¿A qué destinatarios se comunicarán?
Está previsto ceder o comunicar sus datos a otras Administraciones públicas
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.