Autorización Ambiental Integrada: consultas previas y consulta sobre sustancialidad de modificación
Información general
Autorización Ambiental Integrada: consultas previas y consulta sobre sustancialidad de modificación
- Empresas
Descripción
- CONSULTAS PREVIAS (artículo 10 del Decreto 5/2012, de 17 de enero):
De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, las personas o entidades que sean titulares o promotoras de una actividad sometida a autorización ambiental integrada podrán obtener de la Consejería competente en materia de medio ambiente información sobre el alcance, amplitud y grado de especificación de la documentación ambiental necesaria.
- CONSULTA SOBRE LA SUSTANCIALIDAD DE UNA MODIFICACIÓN (artículo 6.1 y 6.2 del Decreto 5/2012, de 17 de enero).
La persona o entidad titular de la actividad para la que se ha obtenido autorización ambiental integrada comunicará al órgano ambiental competente su pretensión de llevar a cabo una modificación de la instalación, indicando razonadamente, en atención de los criterios señalados en la legislación básica reguladora de la autorización ambiental integrada, en el artículo 19.11.b) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, y en el apartado 5 del artículo 6 del Decreto 5/2012, de 17 de enero, si considera que se trata de una modificación sustancial o no sustancial.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Alegaciones: Enlace para realizar alegaciones
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
- Justificación: Enlace de acceso a la justificación
Formularios
- Solicitud de autorización ambiental integrada y comunicación al órgano ambiental. Nº: 001978/A04D (Obligatorio)
Requisitos
La solicitud de consultas previas y consultas sobre la sustancialidad de una modificación de la autorización ambiental integrada se dirigirá al órgano ambiental competente en función de los criterios establecidos en el artículo 5.1 y 5.2 del Decreto 5/2012, de 17 de enero.
Documentación
DOCUMENTACIÓN CONSULTAS PREVIAS:
De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, las personas o entidades que sean titulares o promotoras de una actividad sometida a autorización ambiental integrada podrán obtener de la Consejería competente en materia de medio ambiente información sobre el alcance, amplitud y grado de especificación de la documentación ambiental necesaria.
- Solicitud de información, según Anexo III
- Memoria resumen del proyecto, con el contenido mínimo siguiente:
a) Identificación de la persona o entidad titular o promotora.
b) Descripción y características más significativas del proyecto, con la indicación de las mejores técnicas disponibles que se van a evaluar o a aplicar.
c) Ubicación del proyecto, para lo que se aportará cartografía a escala adecuada de su situación y emplazamiento.
d) En su caso, principales alternativas que se consideren y análisis de los potenciales impactos ambientales de cada una de ellas.
e) Determinación de las afecciones territoriales y ambientales de la instalación proyectada.
DOCUMENTACIÓN CONSULTA SOBRE LA SUSTANCIALIDAD DE UNA MODIFICACIÓN:
La persona o entidad titular de la actividad para la que se ha obtenido autorización ambiental integrada comunicará al órgano ambiental competente su pretensión de llevar a cabo una modificación de la instalación, indicando razonadamente, en atención de los criterios señalados en la legislación básica reguladora de la autorización ambiental integrada, en el artículo 19.11.b) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, y en el apartado 5 del artículo 6 del Decreto 5/2012, de 17 de enero, si considera que se trata de una modificación sustancial o no sustancial.
El órgano ambiental competente, vista la documentación aportada por la persona o entidad titular de la actividad para la que se ha obtenido autorización ambiental integrada, y previo informe, en su caso, de la administración hidráulica competente, así como del resto de órganos competentes por razón de la materia, dictará y notificará la resolución sobre el carácter sustancial o no de la modificación proyectada en el plazo de un mes, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa se entenderá como no sustancial a los únicos efectos ambientales, en cuyo caso, la persona o entidad titular podrá llevarla a cabo, todo ello sin perjuicio del resto de autorizaciones, licencias y permisos que le sean exigibles. Los informes que se soliciten deberán emitirse en un plazo máximo de quince días.
FORMULARIOS DE SOLICITUD: en actualización
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.
- Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
- Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental
- Decreto 5/2012, de 17 de enero, por el que se regula la autorización ambiental integrada y se modifica el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada.( Modificado por el Decreto 109/2015, de 17 de marzo el artículo 14.1F9 y queda sin contenido el Anexo VII epígrafes 1,2 y 3).
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
- Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía
- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía
- Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas.
- Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía (modificada por artículo sexto del Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre), (modificada los artículos 54, 60, 69, 78 y 98 por la Ley 7/2011, de 3 de noviembre), (modificado el artículo 29.4 por el Decreto-Ley 5/2012, de 27 de noviembre).
- Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía (Modificado el apartado 1 del artículo 56, por el artículo 11 del Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas).
- Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería (Cód.: A01035415), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Córdoba (Cód.: A01035423), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada (Cód.: A01035526), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén (Cód.: A01035534), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga (Cód.: A01035538), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz (Cód.: A01035419), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Huelva (Cód.: A01035530), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla (Cód.: A01035556), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813), Cuando la instalación proyectada se ubique en más de una provincia, salvo que delegue dicha competencia a una de las delegaciones afectadas..
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería (Cód.: A01035415), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Córdoba (Cód.: A01035423), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada (Cód.: A01035526), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén (Cód.: A01035534), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga (Cód.: A01035538), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz (Cód.: A01035419), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Huelva (Cód.: A01035530), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla (Cód.: A01035556), En cuyo ámbito territorial vaya a estar ubicada la instalación sometida a dicho procedimiento.
- Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813), Cuando la instalación proyectada se ubique en más de una provincia, salvo que delegue dicha competencia a una de las delegaciones afectadas.
- Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 1 Mes. Plazo de resolución y notificación sobre sustancialidad: 1 mes desde la presentación de la solicitud. Transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa se entenderá como no sustancial a los únicos efectos ambientales, en cuyo caso, la persona o entidad titular podrá llevarla a cabo, todo ello sin perjuicio del resto de autorizaciones, licencias y permisos que le sean exigibles. Los informes que se soliciten deberán emitirse en un plazo máximo de quince días.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Información sobre el tratamiento de datos personales
CSMAEA - Actuaciones de prevención y control ambiental (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166246.html)
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
La Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular
dgsaec.csmaea@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en Avda. Manuel Siurot, 50, 41013 Sevilla, o en el correo electrónico dpd.csmaea@juntadeandalucia.es.
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
La tramitación de solicitudes para las actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental incluidas en el anexo I de la ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental
¿Qué datos personales se tratan?
Datos identificativos y de contacto (Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, dirección, teléfono, firma). Datos de actividad/participación (incluyendo imágenes). Datos contables
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, de acuerdo a lo establecido en la Ley 7/2007 de gestión integrada de la calidad ambiental y al art. 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal. No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos recabados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos? La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/.
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
15/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
15/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas