Ayudas para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización del alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 4, Submedida 4.2, Operación 4.2.2), en el ámbito de la Inversión Territorial Integrada de la provincia de Jaén.

Información general

Título formal:

Ayudas para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización del alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 4, Submedida 4.2, Operación 4.2.2), en el ámbito de la Inversión Territorial Integrada de la provincia de Jaén.

Código:
25435
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Empresas
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
27/05/2024

Descripción

Las ayudas están dirigidas a apoyar inversiones para la instalación de infraestructuras bioindustriales en las que se transforme y valorice el alperujo de la industria oleícola.
Son inversiones subvencionables aquellas que tienen como finalidad contribuir a la creación de nueva instalaciones bioindustriales de procesado y valorización del alperujo energéticamente autosuficientes y sostenibles, incluido en la provincia de Jaén, incluida la adquisición de terreno según lo dispuesto en el artículo 69.3 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, de 17 de diciembre.Estas ayudas solo se concederán en relación con capacidades recién instaladas o renovadas.
Serán subvencionables el 30% de los gastos en los que se haya incurrido en la construcción y equipamiento de las instalaciones de la Bioindustria de procesado del alperujo, por parte de la entidad solicitante, salvo los expresamente excluidos en el apartado 5.c.1º.7 del cuadro resumen de la Orden de 15 de abril de2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas.
Ningún proyecto debe superar una ayuda superior a 30 millones de Euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 s)Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

Podrán solicitar estas subvenciones empresas o sociedades participadas en el capital social de al menos un 30% por entidades del sector productor generadoras del alperujo.

Los requisitos a cumplir para poder solicitar la subvención están establecidos en el apartado 4.a).2º. del Cuadro Resumen de la orden de Bases Reguladoras de la ayuda (Orden de 15 de abril de 2024). Requisitos:

a) La inversión solicitada debe ser técnica y económicamente viable para la empresa y ubicarse en la provincia de Jaén, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Los proyectos subvencionados deberán cumplir los criterios de sostenibilidad y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, bioliquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantía en origen de los gases renovables previstos en el RD 376/2022, de 17 de mayo, de transposición de la Directiva 2001/2018 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018.

c) El componente de almacenamiento obtendrá al menos el 75 % de su contenido de combustible de instalaciones de producción de biocarburantes, biolíquidos, biogás (incluido el biometano) y combustible de biomasa conectadas directamente, sobre una base anual. Se considerará que todos los componentes de la inversión (producción y almacenamiento) constituyen un único proyecto integrado.

d) Como cualquier otra operación financiada por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (En adelante EIE), las inversiones deben cumplir con la normativa y reglamentación de la Unión y nacional aplicable (artículo 6 del Reglamento (UE) nº 1303/2013).

e) Cuando sea probable que existan efectos negativos sobre el medio ambiente, las operaciones de inversión irán precedidas de una evaluación de impacto ambiental de acuerdo con la legislación específica para ese tipo de inversión (artículo 45 del FEADER). De acuerdo con la legislación vigente en Andalucía, los proyectos de inversión que requieran de Autorización Ambiental Unificadas (AAU), la concesión de la ayuda estará condicionada al resultado de la misma, de manera que el beneficiario no podrá recibir pago alguno, en tanto no quede acreditado el resultado favorable de la AAU y la incorporación a su proyecto de inversión de las condiciones derivadas del procedimiento de impacto ambiental.

f) La ayuda no se concederá a las empresas en crisis en aplicación del artículo 1.4.c)del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

g) Las empresas deben haberse constituido legalmente e inscrito en los registros correspondientes antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.

h) Aunque el objeto es el procesado y valoración del alperujo como materia prima, si por necesidades técnicas en el proceso de transformación del alperujo en biogas/biometano es necesario la adición de otra materia prima o sustrato esta adición siempre será menor al 10%.

Documentación

La documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II está establecida en el apartado 15.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras:

Las entidades beneficiarias provisional y las suplentes, para el cumplimiento de los requisitos y de los criterios de valoración, deberán presentar, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de la propuesta provisional de resolución, la siguiente documentación acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud y en las declaraciones responsables, junto al correspondiente Anexo II publicado en la correspondiente convocatoria, debidamente cumplimentado, y en caso de no presentarla, se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa resolución:

1. Documentación acreditativa de la entidad solicitante:
1º. Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal (NIF).
2º. Escritura de constitución o certificado del registro correspondiente relativo a la inscripción de la constitución, y estatutos en vigor de la sociedad, debidamente inscritos en el Registro correspondiente.
3º. Libro de Registro de acciones y participaciones diligenciado por el registro mercantil.
4º. Acuerdo del órgano competente de la entidad solicitante aprobando la participación en la convocatoria
de la ayuda regulada en la presente orden.
5º Certificado de la persona que ostente la secretaría de la sociedad en el que se haga constar que los documentos aportados para la acreditación de la personalidad se encuentran vigentes.
6º Inscripción en el registro de actividades económicas (CNAE).
7º Inscripción en Registro de Industrias Agroalimentarias en el grupo de extractoras de aceite de oliva
de las empresas participantes o estudio de la actividad de la sociedad, según el caso.
8º En caso de empresas o sociedades de nueva creación, Declaración de Impuestos de Sociedades de las
entidades del sector productor generadoras del alperujo participantes en su capital social.

2. Documentación acreditativa de la representación, en su caso:
a) Documentación acreditativa de la representación legal, mediante cualquier medio válido en Derecho que deje  constancia fidedigna de su existencia.
b) Documento Nacional de Identidad o equivalente (DNI o NIE) de la persona representante legal, cuando no se preste el consentimiento expreso en el apartado 4 del formulario de alegaciones que figura como Anexo II de la convocatoria, para la consulta de sus datos a través del Sistema de Verificación de Identidad.
c) Certificado de la persona que ostente la secretaría de la sociedad en el que se haga constar que los documentos aportados para la acreditación de la representación se encuentran vigentes.
d) Acta del nombramiento del Secretario/a de la entidad solicitante.

3. Documentación acreditativa relativa al proyecto para el que se solicita la subvención:
a) Proyecto de la inversión solicitada, realizado por técnico especialista competente colegiado y visado
por el colegio correspondiente, en los casos en los que el visado sea preceptivo, de acuerdo con el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. El proyecto deberá ser coherente con el Anexo V adjunto a la convocatoria : “Memoria descriptiva del proyecto de inversión”, y servirá como acreditación de la viabilidad técnica de la inversión.
b) Anexo V adjunto a la convocatoria: “Memoria descriptiva del proyecto de inversión”.
c) Para cualquier importe del gasto subvencionable de ejecución de obra o de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría, el beneficiario deberá aportar mínimo tres ofertas de distintos proveedores, debiendo ser independientes las ofertas y los ofertantes, entre sí y con el beneficiario. Las ofertas deberán estar fechadas y firmadas o selladas por la empresa proveedora y los productos y/o servicios ofertados en ellas deben ser homologables en características, capacidades y funcionalidades, independientemente de que el fabricante o el modelo no sea el mismo en las tres ofertas. Asimismo, debe constar en ellas el desglose de precios de cada una de las partidas o unidades que  compongan el producto y/o servicio ofertado. En los presupuestos de ejecución de obras, las ofertas se realizarán sobre las mediciones del proyecto presentado junto a la solicitud de subvención.
Las ofertas deberán ser solicitadas a los proveedores de forma verificable, por lo que en cualquier momento podrán requerirse a la entidad solicitante o beneficiaria las pruebas documentales de las fechas en las que se solicitaron y recibieron dichas ofertas. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a los criterios de eficiencia y economía.
Cuando la elección no recaiga en la propuesta más ventajosa económicamente se deberá justificar expresamente en una memoria. Un Comité de Evaluación podrá analizar la oferta seleccionada si se apreciaran indicios de que no se corresponde con un valor real de mercado.
Cuando no sea posible aportar tres ofertas por inexistencia en el mercado de proveedores suficientes u otros motivos, estos hechos deberán quedar suficientemente justificados ante el órgano instructor, el cual, a través del Comité de Evaluación, evaluará el coste solicitado conforme al precio normal de mercado y emitirá el correspondiente Informe de Moderación de Costes.
d) Estudio que acredite la viabilidad económica de la inversión mediante informe elaborado y suscrito por titulado competente independiente del solicitante.
e) Documentos acreditativos de la disponibilidad del terreno, o contrato de arrendamiento liquidado de impuestos, con un mínimo de cinco años a partir de la fecha prevista de la finalización del proyecto de inversión.
f) Acreditación del inicio de los trámites para el cumplimiento de los requisitos ambientales a que estuviera sometida la actividad de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, mediante la presentación de la correspondiente solicitud sobre el trámite ambiental aplicable.

4. Certificado bancario de la cuenta donde se realizará la transferencia, en caso de resultar beneficiario de la ayuda, indicando el titular de la cuenta bancaria y la totalidad de los dígitos de la citada cuenta.

5. Acreditación de la viabilidad económica de la empresa. En el caso de que la entidad solicitante esté obligada a someterse a auditoría, se aportará copia de los informes de auditoría de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios depositados en el registro correspondiente; en caso de que no estén obligados a ello, se aportará copia de los balances y cuentas de pérdidas y ganancias de los tres últimos ejercicios depositados en el registro competente. Si la entidad es de reciente constitución y, por tanto, no es posible suministrar la información correspondiente a los tres últimos ejercicios, se aportará la información de las entidades de base, en su caso.

6. Informe de compatibilidad urbanística en el caso de ocupación de nuevo suelo, emitido por los servicios técnicos del Ayuntamiento en el que se vaya a ubicar la inversión.

7. Para la acreditación de los criterios de valoración:
a) Para la acreditación del cumplimiento del criterio “Localización comarcal del proyecto en base a la superficie de olivar.”: se realizará mediante la aportación de los documentos acreditativos de la disponibilidad del terreno, o contrato de arrendamiento donde se ubicará la inversión objeto de esta solicitud.
b) Para la acreditación del cumplimiento del criterio “Capacidad de gestión del alperujo de la empresa”(refiriéndose este criterio a los recursos y capacidades operativas y técnicas que poseerá la inversión proyectada para manejar eficientemente el alperujo): se realizará mediante la aportación de Memoria descriptiva del proyecto de inversión y Proyecto técnico de ejecución.
c) Para la acreditación del cumplimiento del criterio “Criterios relacionados con la innovación”: se realizará mediante la aportación de Memoria descriptiva del proyecto de inversión y Proyecto técnico de ejecución.
d) Para la acreditación del cumplimiento del criterio “Criterios relacionados con el aprovechamiento de la fase líquida del proceso”: se realizará mediante la aportación de Memoria descriptiva del proyecto de inversión y Proyecto técnico de ejecución.
e) Para la acreditación del cumplimiento del criterio “Criterios relacionados con el porcentaje de participación en el capital social de las entidades del sector productor generador del alperujo”. Se realizará mediante la aportación de las escrituras de constitución y estatutos de la sociedad, así como de las modificaciones ulteriores debidamente inscritas en el registro correspondiente donde se acredite la participación en el capital social de entidades del sector productor generador del alperujo.
f) Para la acreditación del cumplimiento del criterio “Participación de mujeres y/o jóvenes” se deberá aportar Certificado del órgano de gobierno de la entidad sobre la composición del mismo. Para los jóvenes y mujeres copia del DNI/NIE.

Plazo de Inicio

  • 28/05/2024 00:00 horas - 17/06/2024 23:59 horas (El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2024 comprende del 28/05/2024 al 17/06/2024.)

Normativa

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de tres meses contados a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS, INNOVACIÓN Y CADENA AGROALIMENTARIA – FONDOS FEADER

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/43633.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural – Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgiica.capadr@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.capadr@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD; Reglamento (UE) núm. 2016/791 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016 Reglamento (UE) núm. 1305/2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo europeo agrícola de desarrollo rural (FEADER), entre otros.

¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial y a posibles encargados del tratamiento, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
Datos identificativos (DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos)
Datos de contacto.
Datos socioeconómicos
Datos de actividad

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 15/07/2024 Propuesta provisional de resolución.

  • 27/05/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 27/05/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 28/05/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 28/05/2024 Se ha modificado el campo: Pagos

  • Última actualización: 28/05/2024
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