Ayudas a las inversiones de modernización, mejora rendimiento y sostenibilidad en explotaciones agrarias. Convocatoria 2024 dirigida a la «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de las explotaciones agrarias para cultivos intensivos en invernaderos».

Información general

Título formal:

Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias dirigidas a la «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de las explotaciones agrarias para cultivos intensivos en invernaderos» dentro de la Operación 4.1.1, «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias». Convocatoria 2024.

Código:
25462
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
01/02/2024

Descripción

Convocatoria específica de ayudas dirigida a la Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de las explotaciones agrarias para cultivos intensivos en invernaderos, dentro de la línea de la Operación 4.1.1, actuación para la modernización genérica de explotaciones agrariasconvocatoria específica dirigida a la Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de las explotaciones agrarias para cultivos intensivos en invernaderos, dentro de la línea de la Operación 4.1.1, actuación para la modernización genérica de explotaciones agrarias, previstas en la Orden de 24 de septiembre de 2020.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

1. Con carácter general, las personas o entidades solicitantes deberán cumplir, a fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes de ayuda, las siguientes condiciones: ( Cuadro Resumen I. 4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención de la Orden de 24 de septiembre de 2020)
a) Ser titular de una explotación agraria ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se exime del cumplimiento de este requisito en el momento de presentar la solicitud de ayudas, con la condición de su cumplimiento antes de la presentación de la solicitud de pago, a los jóvenes agricultores que, con antelación
o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y no hayan solicitado el segundo pago de la misma.
b) Comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de la ayuda durante al menos cinco años contados desde la fecha del pago final de la ayuda.
c) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
d) Estar dada de alta en la actividad económica que corresponda a la actividad agraria desarrollada. Se exime del cumplimiento de este requisito en el momento de presentar la solicitud de ayudas, con la condición desu cumplimiento antes de la presentación de la solicitud de pago, a los jóvenes agricultores que, con antelación o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y no hayan solicitado el segundo pago de la misma.
e) Ser agricultor activo, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo I del Título II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. Se exime del cumplimiento de este requisito en el momento de presentar la solicitud de ayudas, con la condición de su cumplimiento antes de la presentación de la solicitud de pago, a
los jóvenes agricultores que, con antelación o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y no hayan solicitado el tercer pago de la misma.
f) Contar con los permisos, autorizaciones y licencias preceptivos para el ejercicio de la actividad desarrollada.
2. Las personas físicas deberán cumplir, a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes ayudas,
además de las señaladas con carácter general, las siguientes condiciones:
a) Estar afiliada al Régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que corresponda a la actividad agraria desarrollada. Se exime del cumplimiento de este requisito en el momento de presentar la solicitud de ayudas, con la condición de su cumplimiento antes de la presentación de la solicitud de pago, a los jóvenes agricultores que, con antelación o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan
presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y no hayan solicitado el segundo pago de la misma.
b) Tener dieciocho años cumplidos. No obstante lo anterior, cuando la persona solicitante sea mayor de sesenta años a fecha de solicitud, deberá comprometerse a que otra persona, que cumpla los requisitos para ser beneficiaria de estas ayudas, continúe como titular de la explotación desde el momento en el que
la persona beneficiaria se jubile y hasta la finalización del período de compromiso.
3. Las personas jurídicas deberán cumplir, a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayudas, además de las señaladas con carácter general, la condición de que en su objeto social se encuentre el ejercicio de la actividad agraria.
4. En el caso de agrupaciones de agricultores, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica, el compromiso de formalizar un pacto de indivisión con una duración mínima de seis años legalizado, en caso de resultar beneficiarias. Además, todos los participantes de las agrupaciones deben cumplir con todos los requisitos exigidos a las personas físicas que se citan en este apartado. Para las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin
personalidad jurídica, bastará con que al menos un comunero o miembro cumpla con los requisitos exigidos a las personas físicas.
5. Para los jóvenes agricultores que, con antelación o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan
presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural deAndalucía 2014-2020 y se beneficien de alguna de las excepciones a los requisitos establecidas, el pago de las subvenciones incluidas en la submedida 4.1 estará condicionada al mantenimiento de la condición de persona beneficiaria al amparo de la submedida 6.1. En caso de pérdida de la condición de persona beneficiaria al amparo de la submedida 6.1, se declarará la pérdida del derecho al cobro de la ayuda por parte de la submedida 4.1, excepto que en el momento de presentar la solicitud cumpliera todos los requisitos para los que gozaba de una excepción, en cuyo caso la intensidad de la ayuda no se verá incrementada en el 20% correspondiente a esa condición.

Documentación

Las personas solicitantes, deberán presentar junto al formulario Anexo I (solicitud de ayudas) la siguiente documentación:

a) En caso de personas físicas: el DNI o el NIE en su caso.

- En caso de personas jurídicas: el NIF de la entidad y de su representante legal, la acreditación de la capacidad de representación, la escritura de constitución de la sociedad, la declaración censal del alta en la actividad agraria y el acuerdo del órgano competente de la sociedad respecto de la solicitud presentada.

- En el caso de agrupaciones de agricultores, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica: el NIF de la entidad, el DNI del representante legal, la acreditación de la capacidad de representación, el acuerdo escrito para presentar la solicitud y el compromiso de indivisión con duración mínima de seis años. La presentación de la documentación acreditativa de la identidad sólo será necesaria en el caso de oposición expresa de la persona solicitante a que el órgano competente pueda recabar de otras Administraciones Públicas toda la información o documentación exigida en la normativa de aplicación que estuviera en poder de aquellas.

b) En relación al ejercicio de la actividad agraria por la persona solicitante, se deberá aportar la declaración del IRPF presentada en el último ejercicio o la declaración del Impuesto de Sociedades en su caso. En caso de ser persona física, además, la documentación acreditativa de la afiliación al régimen de la Seguridad Social .La presentación de la documentación prevista en este apartado sólo será necesaria en el caso de oposición expresa de la persona solicitante a que el órgano competente pueda recabar de otras Administraciones Públicas toda la información o documentación exigida en la normativa de aplicación que estuviera en poder de aquellas.

c) En relación con las inversiones para las que se solicita la subvención: – En caso de obras; construcciones nuevas o reformas y mejoras de las instalaciones ya existentes, se presentará proyecto técnico o, en su defecto, memoria técnica. Además se presentarán las preceptivas autorizaciones, licencias, concesiones y permisos exigibles en cada caso o la acreditación de haberlas solicitado.

–  En el caso específico de inversiones relacionadas con la producción de biocarburantes, se deberá presentar una declaración responsable mediante la que la persona beneficiaria se comprometa a no vender en el mercado el biocarburante producido.

– En caso de inversiones dirigidas a la modernización y mejora de las instalaciones de riego: x Documento acreditativo del derecho de uso legal de agua Compromiso de ahorro y disminución del consumo. x Informe elaborado por técnico competente en materia de regadíos con la evaluación previa del ahorro de agua de riego en la explotación que garantice los requisitos de subvencionabilidad de estas inversiones.

– En caso de inversiones localizadas en una parcela concreta se deberá aportar la salida gráfica SIGPAC o catastral en las que se indique la ubicación de las mismas.

– En caso de inversiones para las que esté publicado el coste de referencia, se deberá aportar al menos una oferta de las que se utilizó para la confección de la solicitud.

– En caso de inversiones para las que no esté publicado el coste de referencia, se deberá aportar al menos tres ofertas de entidades independientes, de las que sirvieron para la confección de la solicitud.

– Cuando se haya declarado en el plan de mejora la inclusión de acciones innovadoras, la documentación expedida por el grupo operativo correspondiente acreditativa de la iniciativa promovida por la Red de la Asociación Europea de la Innovación. ( Documentación establecida en el apartado 12 de los cuadros resumen de la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).

Plazo de Inicio

  • 04/03/2024 - 22/03/2024 (Ampliación del plazo de Presentación de Solicitudes)
  • 02/02/2024 - 01/03/2024 (Plazo de Presentación de Solicitudes)

Normativa

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Plazo para Resolver y Publicar la Resolución. Transcurrido el plazo sin dictar y publicar la resolución se entiende desestimada la solicitud.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – FONDOS FEADER

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165615.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 22/02/2024 Se ha modificado el campo: Habilitado

  • 13/03/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 01/03/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 02/02/2024 Se ha modificado el campo: Título formal del procedimiento

  • 02/02/2024 Se ha modificado el campo: Título descriptivo del procedimiento

  • 01/03/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 01/02/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 01/02/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • Última actualización: 22/03/2024
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