Carretera: Comunicación de Colocación de Rótulos de Establecimiento fuera de Zona de Dominio Público
Información general
Carretera: Comunicación de Colocación de Rótulos de Establecimiento fuera de Zona de Dominio Público
- Empresas
Descripción
Fuera de la zona de dominio público, de acuerdo con el Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre, por el que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, los interesados podrán colocar los rótulos de establecimientos mercantiles o industriales previa comunicación a la Administración titular de la vía. Reglamentariamente podrá establecerse el régimen de instalación. La Administración tendrá un plazo preclusivo de un mes para denegar la actuación comunicada por razones de seguridad vial, sin perjuicio de las potestades administrativas de control y de la adopción, en su caso, de las medidas cautelares o sancionadoras que pudieran corresponder.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos:
Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.
Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.
Plazo de Inicio
- La comunicación deberá cursarse con una antelación al menos de un mes de la fecha prevista para la actuación.
Normativa
- Orden FOM/534/2014, de 20 de marzo, por la que se aprueba la norma 8.1-IC señalización vertical de la Instrucción de Carreteras.
- Resolución de 1 de junio de 2009, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de Señalización Variable.
- Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía (modificada por artículo séptimo del Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre).( Modificado el artículo 35.2 por el Decreto-Ley 5/2012, de 27 de noviembre.
- Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre, por el que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería (Cód.: A01035494).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz (Cód.: A01035498).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba (Cód.: A01035502).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada (Cód.: A01035506).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva (Cód.: A01035510).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén (Cód.: A01035514).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga (Cód.: A01035518).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla (Cód.: A01035522).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería (Cód.: A01035494).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz (Cód.: A01035498).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba (Cód.: A01035502).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada (Cód.: A01035506).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva (Cód.: A01035510).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén (Cód.: A01035514).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga (Cód.: A01035518).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla (Cód.: A01035522).
- Delegaciones Territoriales de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.