Registro Electrónico Único
La Administración de la Junta de Andalucía dispone de un Registro Electrónico Único para todos sus órganos y entidades. Se trata de un sistema unificado donde queda constancia de la entrada y salida de los documentos en la Administración de la Junta de Andalucía, independientemente del medio de presentación utilizado.
Está disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año. Solo cuando concurran razones justificadas de mantenimiento técnico u operativo indispensable podrá interrumpirse, por el tiempo imprescindible, la recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones.
Produce la recepción automática de los documentos y emite en el mismo momento un justificante de dicha recepción.
En la presentación electrónica de documentos, las plataformas y aplicaciones de la Junta de Andalucía desarrolladas para la tramitación electrónica de servicios y de procedimientos administrativos, conecta con el Registro Electrónico Único.
Cuando el procedimiento no requiera la utilización de un formulario específico o desees presentar un escrito genérico dirigido a la Administración de la Junta de Andalucía, también por vía electrónica, puedes hacer uso de la Presentación Electrónica General.
El Registro Electrónico Único deja constancia de los documentos aportados por las personas usuarias en las Oficinas de asistencia en materia de registros.
En todo momento podrás consultar los documentos que has presentado en el Registro Electrónico Único, por cualquiera de las vías citadas, accediendo a tu Carpeta Ciudadana, dentro de la Sección de Mis trámites/Mis registros.
A los efectos del cómputo de los plazos, el Sistema de Registro Electrónico Único se rige por la fecha y hora oficiales en todo el Estado español, establecido según el Ministerio de Defensa-Real Observatorio de la Armada, y de acuerdo con el calendario de días inhábiles de la Comunidad.
El Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía es interoperable con los registros del resto de Administraciones Públicas, en los términos establecidos por la legislación del procedimiento administrativo común, garantizándose su compatibilidad informática e interconexión.
Su regulación se establece por Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía (Boja num. 250 de 31 de diciembre).