Aquí encontrarás información sobre otras ayudas que ofrecen asistencia a desempleados sin derecho a otras prestaciones y a miembros de colectivos específicos.
Comprueba siempre que las ayudas se encuentran activas, y consulta los plazos de presentación.
Se trata de un programa de ayuda con un doble objetivo:
Pueden beneficiarse del Plan Prepara las personas desempleadas por extinción de su relación laboral, inscritas en los Servicios Públicos de Empleo que agoten la prestación contributiva y no tengan derecho o hayan agotado el subsidio por desempleo.
Para gestionar la ayuda económica es necesario dirigirse a cualquiera de las Oficinas de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Si sigues en paro y no tienes derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, puedes solicitar la Renta Activa de Inserción (RAI) cuyos objetivos principales son:
La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). La ayuda tiene una duración de once meses.
El pago de la renta activa de inserción se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma.
Algunos de los requisitos que deben reunir los beneficiarios serán:
Si eres desempleado de larga duración:
Si tienes una discapacidad:
Puedes obtener más información sobre este Programa, a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE):
A esta ayuda podrán acceder las personas en desempleo total que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
La duración máxima del subsidio será de 180 días y no podrá percibirse en más de una ocasión. La cuantía del mismo será igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente en cada momento.
El pago periódico de la ayuda económica se realizará por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dentro del mes siguiente al que corresponda el devengo, por mensualidades de 30 días.
La persona trabajadora podrá compatibilizar la percepción del subsidio extraordinario con el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, siempre que continúe cumpliendo los requisitos de carencia de rentas y de responsabilidades familiares, en cuyo caso se deducirá del importe del subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado.
Se deberá pedir cita previa para presentar la solicitud en el Servicio Público de Empleo Estatal. Previamente, habrá de acreditarse ante la oficina del Servicio Andaluz de Empleo la realización de acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).
Más información
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona una serie de ayudas para personas desempleadas pertenecientes a ciertos colectivos. Consulta más información sobre las prestaciones dirigidas a cada uno de esos colectivos:
Puedes consultar las ayudas gestionadas por el Servicio Andaluz de Empleo a través del siguiente enlace:
El Plan de Choque por el Empleo está dirigido tanto a las personas desempleadas de larga duración como a aquellas que tienen cargas familiares y han agotado sus prestaciones. Este plan está estructurado en tres bloques:
Esta iniciativa se puso en marcha en el curso escolar 2011/12 y está destinada a jóvenes de entre 18 y 24 años que abandonaron los estudios y que actualmente se encuentran en paro y sin recibir prestación por desempleo.
El objetivo de estas ayudas de hasta 4.000 euros es que estos completen los estudios, y así obtener una titulación de ESO o postobligatoria para que tengan más opciones de encontrar un empleo.
Medidas para facilitar la reinserción laboral así como el establecimiento de subvenciones especiales a las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo.
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes escribir al Formulario online.
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