Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 27/02/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ORDEN de 13 de febrero de 1985, por la que se delegan en la Secretaría General Técnica de Gobernación las competencias en materia de formación, justificación de nóminas y documentos contables y transferencias de créditos.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El artículo 47,1 de la Ley 6/1983 de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, establece que las atribuciones y competencias administrativas serán delegables en órganos jerárquicamente subordinados, no encontrándose exceptuada la materia objeto de la misma entre las enumeradas en el párrafo segundo del citado artículo.

En su virtud, y en uso de las facultades que me están conferidas

DISPONGO:

1º) Se delega en la Ilma. Sra. Secretaria General Técnica de la Consejería de Gobernación las competencias que en materia de liquidación y ordenación de pagos correspondan al Consejero en virtud de lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley General de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 39.6º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

2º) Las atribuciones en orden a la formación y justificación de nóminas de personal.

3º) La firma de los expedientes relativos a las transferencias de créditos.

4º) El titular de la Consejería podrá recabar en todo momento la resolución de cualquier expediente o asunto objeto de lo presente delegación, la cual, no obstante, subsistirá en los términos expresados en tanto no sea revocada o modificada por disposición especial.

5º) La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

JOSE MIGUEL SALINAS MOYA

Consejero de Gobernación

Descargar PDF