Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 05/09/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

DECRETO 174/1985, de 31 de julio, por el que se crea la Comisaría para la Alhambra y el Generalife de Granada.

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El Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, transfiere a la Comunidad Autónoma de Andalucía, funciones y servicios en materia de Cultura, que son asignados a la Consejería de Cultura a virtud de Decreto del Consejo de Gobierno de 19 de junio de 1984, BOJA de 10 de julio del mismo año, y distribuidas entre los servicios de la misma por Decreto de 22 de enero de

1985, BOJA 14 de febrero, bajo la superior dirección de su titular, el Consejero de Cultura.

De entre las competencias transferidas, merecen especial atención las relativas al Patrimonio Histórico, Artístico, Monumental, Arquitectónico, Etnológico, Archivos, Bibliotecas, Museos y demás colecciones de naturaleza análoga y, en particular, las funciones y servicios que en relación con el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife de Granada venía ejerciendo el Estado, bien directamente o a través del Patronato que a tal efecto se creó, por Decreto de 9 de marzo de 1940.

Este Patronato, denominado Patronato de la Alhambra y Generalife de Granada, continuó ejerciendo sus cometidos como organismo autónomo de la Administración, de acuerdo con los fines asignados en sus peculiares disposiciones, hasta que el Real Decreto 565/1985, de 24 de abril en su disposición adicional primera, expresamente lo suprime. Al quedar extinguida su personalidad jurídica, el citado Real Decreto obliga a que las funciones atribuidas por el Ordenamiento Jurídico a este Organismo Autónomo, sean asumidas, bien por otro de nueva creación, bien directamente por la Administración.

A partir de este momento la Consejería de Cultura asume las funciones y servicios del Extinguido Patronato y consciente de la necesidad de crear un Ente con personalidad jurídica propia y autonomía en el ejercicio de sus funciones, en quien descargar, en régimen de descentralización las peculiares actuaciones que conlleva la custodia, conservación y administración de la Alhambra y Generalife, viene trabajando en la elaboración del correspondiente proyecto de Ley para su envío al Parlamento Andaluz y posterior publicación. Pero este proceso es lento, por lo que resulta necesario establecer,de forma provisional y durante el transcurso del tiempo de tramitación del citado proyecto de Ley, un Organo Administrativo, sin personalidad jurídica, ágil y operativo, que pueda ocuparse eficazmente de todos los servicios que corresponden al conjunto monumental de la Alhambra y Generalife de Granada.

En su virtud, previo informe de la Consejería de Hacienda, y aprobación de la Consejería de la Presidencia, a propuesta de la Consejería de Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 31 de julio de 1985.

DISPONGO:

Artículo 1.

1. Hasta tanto se constituya por la Ley el Organo Autónomo encargado de la Administración, conservación y custodia de la Alhambra y Generalife de Granada, se crea una Comisaría para la dirección y control de sus servicios.

2. La Comisaría dependerá directamente del Consejero de Cultura, como Organo periférico de la Consejería de Cultura y con Sede en la ciudad de Granada.

3. Quedan adscritos a la Comisaría de ahora se crea, todos los medios humanos y materiales que integraban la estructura administrativa del extinto Patronato de la Alhambra y el Generalife.

4. Al frente de la misma estará un Comisario, nombrado por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Cultura, entre personas que reúnan algunos de los requisitos establecidos en el Decreto 138/1984, de 22 de mayo, para ser Delegado Provincial y tendrá la misma categoría administrativa y económica de éstos.

5. El Comisario ejercerá las funciones delegadas por el Consejero de Cultura, en relación con la dirección superior del Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife, entre las que a modo puramente enunciativo se enumeran:

A) Representar al Consejero de Cultura.

B) Gestionar todos los asuntos derivados de las competencias que ejerza el nombre del Consejero, adoptando las resoluciones y acuerdos necesarios para ello o elevando las oportunas propuestas.

C) La propuesta al Consejero de Cultura de planes para la conservación, restauración, excavaciones e investigación a realizar en el Conjunto Monumental, tanto en los aspectos arquitectónicos como en los ecológicos y ambientales.

D) La dirección del personal adscrito a la Comisaría, la coordinación de sus actividades y la organización de los medios materiales con que cuenta.

E) La organización de exposiciones, conciertos, congresos, coloquios, conferencias, cursos de arte, fiestas y espectáculos que permitan aumentar la participación social en el disfrute del Conjunto Monumental.

F) La percepción de los fondos consignados presupuestariamente para reparación, conservación y entretenimiento de los Monumentos y terrenos del conjunto monumental.

G) La propuesta al Consejero de compras o expropiaciones de edificios y terrenos situados dentro del recinto monumental o en su perímetro de protección.

H) La realización de publicaciones, o dotación de premios, sobre temas que tengan relación con la Alhambra y su conjunto.

I) La promoción de actividades culturales dentro del recinto monumental y también fuera de aquél, siempre que guarden relación con el Conjunto Monumental.

J) La autorización de instalaciones que faciliten la visita al conjunto monumental y el funcionamiento de las actividades culturales y sociales que se desarrollen dentro de aquél.

Artículo 2.

Corresponde al Consejero de Cultura dictar las normas complementarias y de desarrollo del presente Decreto. A tal efecto, asume directamente, todas las competencias relacionadas con el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife de Granada, en los términos previstos en el apartado B), párrafo 1, E) del RD 864/1984, de 29 de febrero.

Artículo 3.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de julio de 1985

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

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