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Ilmos. Sres.:
En el recurso contencioso-administrativo seguido ante la Audiencia Nacional con el no 14.769 interpuesto por la entidad "Cubiertas y MZOV, S.A." contra resolución de 2 de febrero de 1983, sobre rescisión, con pérdida de fianza de la adjudicación de varias parcelas del Polígono "El Valle" de Jaén se ha dictado sentencia con fecha 14 de mayo de 1986, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo. Sin Costas". Esta Consejería de conformidad con lo establecido en los arts. 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y lo establecido, asimismo, en el Real Decreto 3825/82 de 15 de diciembre y
3481/83 de 28 de diciembre, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y demás efectos.
Sevilla, 12 de diciembre de 1986.
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Urbanismo, Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Jaén.
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