Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 8/8/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 28 de julio de 1989, por la que se accede a la reversión de los terrenos sobrantes del solar cedido por el Ayuntamiento de Marbella para la construcción de 130 viviendas al amparo del expediente que se cita, y se autoriza al Delegado Provincial de Málaga, para la firma del correspondiente acuerdo.

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Ilmos. Sres.:

Con fecha 1 de julio de 1982 y ante el Notario Doña Amelia Burguillos Moretón, se formalizó cesión gratuita por el Ayuntamiento de Marbella a favor del Instituto para la Promoción Pública de la Vivienda, de los terrenos para la construcción de 130 viviendas en el lugar denominado "Arquillos", en la localidad de San Pedro de Alcántara, Marbella, en virtud de Escritura Pública, nº de protocolo 1.249. Los citados terrenos están inscritos en el Registro de la Propiedad de la misma localidad, al tomo 768, libro 685 de Marbella, folio 70, finca nº 31.920, inscripción 1a.

La Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud del Real Decreto

3481/1983, de 28 de diciembre, se subrogó en la posición jurídica del I.P.P.V. y concluyó la edificación de las citadas viviendas al amparo del Expte.: MA-82/050-V.

Dado que los terrenos cedidos no fueron edificados en su totalidad, el Pleno del Ayuntamiento de Marbella, solicitó con fecha de junio de 1989, la reversión de los terrenos sobrantes.

Posteriormente, y con fecha 5 de julio de 1989, la Delegación Provincial de Málaga, a instancia del Ayuntamiento de la citada localidad, solicita autorización para la firma del Acuerdo de Reversión. Por todo ello y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 del vigente Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto nº 1372/86, de 13 de junio, y no habiéndose cumplido el fin para el que fueron cedidos dichos terrenos sobrantes, a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en virtud de las facultades atribuidas, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Se accede a la solicitud del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) y en consecuencia debe procederse a formalizar la reversión de los terrenos sobrantes, de la parcela cedida en su día por este Ayuntamiento al Instituto para la Promoción Pública de la Vivienda.

Segundo: Se autoriza al Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Málaga para la firma del correspondiente Acuerdo por el que se proceda a dar efectividad a la reversión.

Tercero: La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 28 de julio de 1989

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de Málaga.

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