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El Real Decreto 556/1990, de 27 de abril, amplía los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Protección de Menores por el Real Decreto 1080
1984, de 29 de febrero.
Ello obliga a tenor de lo dispuesto en el Decreto 108/1988, de 16 de marzo , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, a ampliar a dicho Departamento los medios transferidos, sin perjuicio de su posterior distribución entre sus propios órganos.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Salud y Servicios Sociales, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 15 de mayo de 1990,
DISPONGO:
Artículo Unico: Se asignan a la Consejería de Salud y Servicios Sociales los medios traspasados por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 556/1990, de 27 de abril, en materia de Protección de Menores.
DISPOSICION FINAL
Se autoriza al Consejero de Salud y Servicios Sociales para dictar cuantas disposiciones sean necesarias par la ejecución, el desarrollo y el cumplimiento del presente Decreto, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de mayo de 1990
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
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