Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 12/3/1991

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 5 de febrero de 1991, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el expediente instruido por el Ayuntamiento de Granada, para la prestación del Servicio de Tanatorio en Régimen de Monopolio.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Excmo. Ayuntamiento de Granada acordó en sesión plenaria celebrada el día 26 de enero de 1990, llevar a cabo la creación del servicio de Tanatorio en régimen de monopolio, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 86 de la Ley 7/85 de 2 de abril, y artículo 97 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, aprobando inicialmente la Memoria prevista en el artículo 97.1 del citado Real Decreto Legislativo y en los artículos 56 y siguientes del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, de 17 de junio de 1955. La necesidad de adoptar dicha decisición viene determinada como consecuencia de la carencia de instalaciones adecuadas en el Cementerio, dado la escasez de su demanda, así como por razones sanitarias, urbanísticas y de transportes, ya que la existencia de tanatorios privados en distintos puntos de la ciudad obligaría a los familiares a efectuar distintos desplazamientos hasta llegar al cementerio, y por la conveniencia de prestar un servicio integrado, es decir completo desde el fallecimiento a la inhumación, es por lo que se considera fundamentada y de suma importancia la prestación de este servicio para satisfacer los intereses de los vecinos.

Previamente, por la Corporación de Granada se creó la Comisión encargada de redactar la memoria a que se refiere el artículo 97.1 del Real Decreto Legislativo 781/86, especialmente los artículos 56 y siguientes del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, de 17 de junio de 1955.

Redactada la Memoria por la Comisión designada al efecto, fue objeto de aprobación definitiva por parte del Excmo. Ayuntamiento Pleno, con el quórum establecido en el artículo 47.3 F) de la Ley 7/85, de 2 de abril, en sesión celebrada el día 26 de octubre de 1990, una vez que fue expuesta al público mediante edictos insertos en los Boletines Oficiales de la Provincia de Granada nº 24 y 158, de 31 de enero y 12 de junio de 1990, sin que durante el plazo de exposición se presentara reclamación o alegación de ningún tipo.

El artículo 97.2 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, confiere la facultad al Consejo de Gobierno para aprobar los expedientes tramitados por las Corporaciones Locales para asumir el ejercicio de actividades económicas en régimen de monopolio, reservadas a favor de las Entidades Locales por el artículo 86.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 5 de febrero de 1991.

ACUERDA:

Aprobar el expediente instruido por el Excmo. Ayuntamiento de Granada de municipalización del Servicio de Tanatorio, en régimen de monopolio.

Sevilla, 5 de febrero de 1991

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

Descargar PDF