Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 25/2/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 23 de enero de 1992, por la que se convocan premios a proyectos de investigación musical para 1992.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artº 13, punto

26, atribuye a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de Promoción y Fomento de la Cultura en todas sus manifestaciones y expresiones. Por el Real Decreto 864/84, de 29 de febrero, son asumidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía todas las funciones en materia de Fomento de la Música, promoción de la creativadad y difusión de la misma. Organización y Promoción de manifestaciones musicales de todo género, así como la conservación del folklore.

Por Decreto 293/87, de 9 de diciembre se creó el Centro de Documentación Musical de Andalucía, de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, y de acuerdo con su artículo 3.5 son funciones del mismo la realización de investigaciones en las materias que le son propias.

Para fomentar la labor en este campo, la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, a través del Centro de Documentación Musical de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, convoca los Premios a Proyectos de Investigación Musical para 1992.

Se considerará con carácter prioritario en esta convocatoria las labores de catalogación, vaciado e investigación musical en los Archivos de la Iglesia Andaluza, en cumplimiento del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y la Iglesia Católica en Andalucía para la catalogación de los fondos musicales de los Archivos Catedralicios de Andalucía, firmado el 16 de junio de 1988. En consecuencia con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad; al amparo de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992; a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, visto el preceptivo informe de la Secretaría General Técnica y en uso de las facultades que me están coferidas,

D I S P O N G O :

Primero: Se convocan los Premios a Proyectos de Investigación Musical, correspondientes al año 1992, de acuerdo con las Bases adjuntas que figuran como Anexo I a la presente Orden.

Segundo: El importe de la totalidad de los Premios a Proyectos de Investigación Musical para 1992 será de 10.000.000 ptas., que se imputarán a la aplicación presupuestaria 2.20.03.604.00.35B.2.1185 del presente ejercicio económico.

Tercero: Se delega en el Director del Centro de Documentación Musical de Andalucía las competencias de resolución y tramitación asignadas en las Bases.

Sevilla, 23 de enero de 1992

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

ANEXO I

BASES

1. Objeto

De conformidad con el Plan de Actuación en el Patrimonio Musical Andaluz, y a fin de fomentar, especialmente, los trabajos de campo y de etnomusicología, serán objeto de esta convocatoria las labores realizadas en los siguientes campos:

1.1. Labores de Catalogación de fondos musicales en archivos eclesiásticos, de Andalucía y otros archivos civiles de importantes fondos musicales.

1.2. Investigación y trabajos de vaciado de noticias y fondos relativos a la música y los músicos andaluces o a la actividad musical de nuestra comunidad, en los archivos eclesiásticos y otros archivos civiles de importante documentación musical.

1.3 Localización, inventario y catalogación de los órganos de Andalucía, (por provincias).

1.4. Apartado de Etnomusicología: Trabajo de campo consistente en la recopilación y grabación de material sonoro o visual de la música y la danza popular andaluza, elaborando los índices de dichas grabaciones, así como su localización en las cintas.

2. Condiciones de los solicitantes.

Podrán optar a esta convocatoria cuantas personas lo

deseen, sin distinción de nacionalidad, individualmente o en equipo, siempre que los proyectos que presenten no hayan sido premiados ni subvencionados con anterioridad, ni en el momento actual y sean inéditos.

En el caso de presentarse en equipo, a los efectos de responsabilidad y entrega de los Premios se considerará al primer firmante. No se podrán presentar a esta convocatoria aquellas personas que actualmente desarrollan el proceso de ejecución de

algún proyecto premiado en convocatorias anteriores.

3. Cuantía de los premios.

Se establece una limitación máxima de 1.200.000 pesetas, para los apartados 1.1 y 1.2 de las presentes bases, 2.000.000 pesetas, para el apartado 1.3 y 1.000.000 pesetas, para el apartado 1.4.

4. Presentación de solicitudes.

4.1. Los solicitantes deberán presentar instancia dirigida al Director del Centro de Documentación Musical de Andalucía

-según modelo que figura como anexo II a esta Orden- en dicho Centro de Documentación Musical de Andalucía, o por cualquiera de los cauces previstos en el artº 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el artº 51 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

4.2. La convocatoria quedará abierta durante 60 días naturales contados a partir del día siguiente de su publicación.

4.3. La convocatoria quedará abierta durante 60 días naturales contados a partir del día siguiente de su publicación.

4.3. Junto a la instancia, deberá presentarse la siguiente documentación:

a) Memoria explicativa del proyecto a desarrollar, con calendario y plazo de entrega de la totalidad del mismo, que incluya un presupuesto pormenorizado.

En los trabajos que se proyecten descritos en la Bae 1.3, será requisito imprescindible señalar en la memoria el número de órganos existente en cada provincia a los que se pretende extender el objeto del proyecto.

b) Historial de los trabajos y actividades realizadas dentro del tema, efectuados por el solicitante u otros investigadores.

c) Fotocopia compulsada del DNI o del pasaporte o cualquier otro documento oficial que acredite la identidad, y que sea válido según los Convenios Internacionales en vigor de los que España sea parte, de conformidad con el Artº. 12.1 de la Ley Orgánica

7/85 de 1 de julio, de derechos y libertades de los extranjeros en España.

d) Autorización, en su caso, de los Archivos, Bibliotecas, Colecciones, Bancos de Datos, Instituciones, etc. en los que propone realizar su investigación, cuando dicho permiso sea necesario para acceder a los mismos. Esta autorización, cuando sea necesaria, será requisito indispensable.

e) Declaración de otros premios y ayudas solicitadas y/o concedidas, de éste u otro Organismo, referida tanto a años anteriores como al corriente, para este mismo campo de actividad.

f) Currículum vitae del solicitante.

4.4. Todos los documentos a confeccionar por los solicitantes se presentarán en original y firmados.

4.5. El Centro de Documentación Musical de Andalucía podrá requerir a los solicitantes para que proporcionen cualquier información aclaratoria que resulte necesaria antes de conceder los premios.

4.6. Los candidatos, por el solo hecho de solicitar estos premios se comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y sus resultados.

5. Selección y Concesión.

5.1. El estudio y selección de las solicitudes presentadas se realizarán mediante un Jurado compuesto por:

Presidente: El Director General de Fomento y Promoción Cultural. Vocales:

El Delegado Provincial de Cultura y Medio Ambiente en

Granada.

El Director del Centro de Documentación Musical de Andalucía. Tres personas relacionadas con el mundo de la Música y la Danza, nombradas por el Director General de Fomento y Promoción Cultural.

Secretario: El Jefe del Servicio de Música, Teatro y Cinematografía de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, con voz y sin voto.

5.2. Para la concesión de los premios y determinación de su cuantía se tendrán en cuenta los elementos que concurran en la documentación presentada, así como el interés de los mismos a juicio del Jurado y dentro de las limitaciones establecidas en el apartado 3 de estas Bases, determinando el Jurado la cuantía exacta que se asignará a cada premio.

5.3. El fallo del Jurado se realizará en el plazo de 30 días como máximo desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes, valorando el nivel científico de los trabajos, los méritos del solicitante, así como el interés del proyecto presentado.

5.4. La resolución del Director del Centro de Documentación Musical de Andalucía se comunicará a los interesados.

5.5. Los beneficiarios de estos premios deberán comunicar su aceptación definitiva mediante escrito remitido al Director del Centro de Documentación Musical de Andalucía en el plazo de 10 días naturales a partir de su notificación. En otro caso, se entenderá hecha la renuncia.

Asimismo deberán remitir autorización firmada del beneficiario a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente para la edición total o parcial, en un plazo de 2 años, de los trabajos en los que figurará la autoría del solicitante y su equipo, con expresa renuncia a cualquier tipo de indemnización o reclamación en los términos exigidos por la Ley 22/87 de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual.

Remitirán asimismo escrito en el que se comprometan a la devolución de la cuantía del premio, de no entregar el trabajo en el plazo fijado en la memoria-proyecto del solicitante, o en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente convocatoria.

6. Pago de los premios.

El pago de los premios se realizará de una sola vez inciándose la tramitación a partir del momento en que los beneficiarios comuniquen por escrito al Centro de Documentación Musical de Andalucía la aceptación de los mismos.

7. Obligaciones de los beneficiarios.

7.1. Entregar la totalidad del trabajo, mecanografiado, así como de los materiales adjuntos al mismo, en el plazo previsto en la Memoria-Proyecto del solicitante, en el Centro de Documentación Musical de Andalucía. Asimismo, se entregarán tanto las grabaciones sonoras o visuales a dicho Centro para su consulta pública por los investigadores, como la indización de dicho material. En caso contrario, o de incumplimiento de estas bases, se podrá exigir la devolución del premio, en parte o en su totalidad, así como la negación de otros posteriores.

7.2. La Consejería de Cultura y Medio Ambiente se reserva el derecho de editar los trabajos total o parcialmente, si lo estima oportuno, en el plazo de dos años. Transcurrido dicho plazo, el autor podrá gestionar su publicación en la forma que considere oportuno, debiendo figurar en dicha edición «Premio de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía a

Proyectos de Investigación Musical 1992¯.

7.3. Los beneficiarios en el transcurso de la realización de su investigación, contarán con el asesoramiento del Centro de Documentación Musical de Andalucía, quien ejercerá la dirección en

cuanto a formato unificado de las fichas, líneas documentales de especial interés, así como cuantas sugerencias permitan una mayor utilidad pública posterior de los mismos, y el deseable nivel de calidad. Los proyectos incluidos en el apartado 1.3 de Localización, inventario y catalogación de los órganos andaluces (por provincias) tendrán además tres coordinadores generales (nombrados

por el Director del Centro de Documentación Musical de Andalucía), que velarán por la homogeneidad del trabajo en la totalidad del territorio andaluz, ejerciendo labores directivas a las que tendrán que atenerse los distintos equipos provinciales, presentado el plan de trabajo detallado a dichos coordinadores, que deberá ser aprobado o modificado por los mismos.

A N E X O II

MODELO DE SOLICITUD

Don..........

nacido en..........Provincia de..........

Con domicilio en..........

Teléfono..........de..........años de edad

Y D.N.I o Documento Oficial de Identificación.......... Banco o Caja de Ahorros..........

Localidad..........Provincia..........

Domicilio de la Agencia..........

Nº c/c o Libreta de Ahorros..........

EXPONE

Que, en base a lo dispuesto en la Orden de..........

de..........de 1992 (BOJA núm..........de..........de..........de 1992), por la que se convocan Premios a proyectos de Investigación Musical.

SOLICITA

Le sea concedida la cantidad de ptas..........

por la labor de:

1.1. Catalogación de fondos musicales de Archivos.

1.2. Vaciado documental relativo a música de Archivos.

1.3. Localización, Inventario y Catalogación de órganos andaluces (por provincias).

1.4. Recopilación y elaboración sonora o visual de la música y la danza popular andaluza.

Objeto del trabajo:

Centro o institución donde se desarrollaría en su caso: Duración aproximada de la investigación:

De acuerdo con las Bases que regulan la presente Convocatoria, se acompaña a esta instancia la siguiente documentación. Señale toda la documentación que aporta. Los documentos a confeccionar por los solicitantes deben ser presentados en original y firmados).

a) Memoria explicativa-proyecto de investigación, con inclusión de:

Calendario de trabajo y plazo de entrega.

Presupuesto pormenorizado.

Número de órganos a los cuales se va a extender el Proyecto (modalidad Base 1.3)

b) Historial de los trabajos y actividades dentro del tema, por el solicitante u otros investigadores.

c) Fotocopia compulsada del D.N.I., pasaporte o cualquier otro documento oficial que acredite la identidad.

d) Documento acreditativo del permiso de investigación, si procede.

e) Declaración de otros premios o ayudas.

f) Currículum vitae.

..........a..........de..........de 1992.- Fdo. (El Solicitante).

Ilmo. Sr. Director del Centro de Documentación Musical de Andalucía. Dirección General de Fomento y Promoción Cultural. Consejería de Cultura y Medio Ambiente. Junta de Andalucía.

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