Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 20/8/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 17 de julio de 1992, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se hace pública la convocatoria de becas formación-investigación para el área de Análisis Científico y de Imágenes Técnicas aplicadas al Patrimonio Histórico.

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La Dirección General de Bienes Culturales, mediante su Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, tiene proyectado la puesta en funcionamiento de Laboratorios de análisis y de imágenes técnicas para ofrecer sus servicios a la investigación y conservación del Patrimonio Histórico Andaluz.

En Andalucía hay una carencia casi absoluta de instrumental y laboratorios especializados en esta campo dado su elevado coste y escasa demanda. Consecuentemente tampoco es fácil encontrar personal adecuadamente cualificado en estas materias tan específicas.

1.- Objetivo de la convocatoria.

La presente convocatoria se enmarca en la política de formación de postgraduados en las áreas de Análisis Científicos y técnicas especiales de representación gráfica aplicada al Patrimonio Histórico, ajustándose a lo dispuesto en la Orden 26 de junio de 1989 del Consejero de Cultura por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación e investigación en materia de Patrimonio Histórico (BOJA nº

54 de 7 de julio).

Las becas van destinadas a Titulados Universitarios en las áreas del conocimiento que más abajo se detalla. Los becarios formarán un grupo de trabajo en el seno del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, con el objetivo de realizar estudios de investigación previos los becarios deberán adquirir reconocimiento teórico, dentro de cada especialidad, de los métodos de análisis, tratamiento y técnicas, el instrumental necesario para llevarlos a cabo, sus aplicaciones al campo de la investigación, documentación y conocimiento material así como a la conservación/restauración de patrimonio inmueble, mueble, arqueológico, etnográfico y documental.

2.- Características de las becas.

2.1.- Especialistas objeto de la convocatoria.

NO BECAS AREA DE CONOCIMIENTO TITULACION EXIGIDA

-------- -------------------- ------------------ 1 Análisis químico Ldo. Química o Titulados aplicado al Patrimonio Superiores con Histórico. conocimientos demostrables en este área.

1 Análisis de estructura Ldo. Física ó Titulados y examen físico, control Superiores con ambiental y técnicas conocimientos demostrables físicas de datación. en este área.

1 Area de técnicas de Titulados Superiores con representación gráfica conocimientos demostrables ó imágenes técnicas. en este área.

2.2.- Duración:

La duración de las becas es de 12 meses a contar desde la fecha de incorporación del becario.

2.3.- Desarrollo del trabajo:

El trabajo se desarrollará en tres fases. Una primera fase en la Sede del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, donde, conjuntamente con el personal técnico del Instituto, los becarios realizarán una primera aproximación al proyecto interdisciplinar de investigación. Una segunda fase consistente en desarrollar el plan de trabajo propuesto en los distintos Centros nacionales y extranjeros designados por el Instituto. Como norma general el número máximo de desplazamientos a Centros extranjeros serán dos y a Centros nacionales, fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía, otros dos. La última fase se desarrollará en la Sede del Instituto, donde realizarán una memoria final de acuerdo con las directrices del proyecto de investigación. Los becarios se comprometen a incorporarse en el plazo de cinco días a contar desde la comunicación en tal sentido hecho por el IAPH.

2.4.- La dotación económica total de las becas será:

a). Asignación de 1.680.000 pts.-

b). Ayuda para gastos de desplazamientos:

- a Centros extranjeros: 60.000 pts.-/viaje

- a Centros nacionales, fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 20.000.- pts./viaje.

La forma de pago será la siguiente:

- Un primer pago, que se tramitará una vez concedida y aceptada la beca, por un importe de 380.000 pts.-.

- 10 pagos de 130.000 pts.-.

- Las ayudas por desplazamientos se abonarán conforme se realicen los mismos.

Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

2.5. La obtención de la beca no establece ninguna vinculación laboral con el IAPH.

3.- Requisitos de los candidatos.

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser español.

b) Estar en posesión de la titulación exigida para el área de conocimiento que solicita la beca.

c) En el caso de los varones, estar liberados durante el año de disfrute de la beca de la prestación del servicio militar.

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

4.- Solicitudes y documentación.

4.1. Las solicitudes deberán formularse en instancia dirigida al Iltmo. Sr. Director General de Bienes Culturales, pudiéndose representar en el Registro de los Servicios Centrales y Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, o por las vías contempladas en el artículo 51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía, además de en el Registro del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

4.2. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

a) Currículum Vitae con cuantos méritos académicos y profesionales puedan alegarse, debidamente justificados, que tengan relación directa con el área de conocimientos de la beca solicitada.

b) Fotocopia compulsada del DNI y de la titulación alegada para tomar parte en la convocatoria.

c) Declaración de aceptación y cumplimiento de las bases de la convocatoria y de las directrices que dicte el IAPH para el desarrollo del programa de trabajo.

d) En su caso, documentación acreditativa de estar libre de las obligaciones militares.

e) Documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones fiscales y para con la Seguridad Social.

4.3.- Plazo de presentación.

El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

5.- Evaluación y selección.

5.1.- La evaluación y selección de las solicitudes se realizará por una Comisión compuesta por:

- Presidente: Director General de Bienes Culturales.

- Vocales:

. El Director del IAPH. En ausencia del Director General de Bienes Culturales, presidirá la Comisión.

. El Jefe del Centro de Documentación del IAPH.

. El Jefe del Departamento de Análisis del IAPH.

. El Jefe del Departamento de Tratamiento del IAPH.

. El Jefe del Servicio de Investigación y Difusión del Patrimonio Histórico.

Si lo estima necesario, la Comisión podrá requerir cuantos informes adicionales considere oportunos, así como convocar a los solicitantes en cualquier momento del proceso selectivo.

La Comisión, entre otros aspectos que considere procedentes, valorará como méritos preferentes:

a) Experiencia demostrable en el área de conocimiento para el que se solicita la beca.

b) Cursos de formación.

c) Expediente académico.

5.2.- Realizada la selección, el Director General de Bienes Culturales procederá a la adjudicación de las becas, mediante acuerdo motivado. Una vez notificada la adjudicación de la beca, los beneficiarios deberán comunicar su aceptación en un plazo de 15 días, entendiéndose su renuncia a la misma de no resultar tal comunicación.

6.- Obligaciones de los becarios y seguimiento.

Los becarios estarán obligados a:

a) Desarrollar en el máximo aprovechamiento el programa de trabajo conforme a lo establecido en el punto 2.3 de la presente convocatoria y conforme a las directrices y normas y funcionamiento que marque el IAPH.

b) Elabora informes sobre los temas puntuales objeto de la investigación, que le sean requeridos por el Instituto.

c) Elaborar una Memoria Final con los resultados del trabajo desarrollado.

El incumplimiento de las obligaciones precedentes o de las bases de la convocatoria en alguno de sus puntos, podrá dar lugar a la suspensión de la beca y/o reclamación total o parcial de las cantidades percibidas, que el becario estará obligado a devolver.

7.- Forma y plazo de justificación.

7.1.- La justificación de la aplicación de la beca recibida a la finalidad para la que fue concedida, se realizará en el plazo de un mes a partir de la fecha de finalización.

7.2. Los documentos que deben aportarse para su justificación son:

a) Certificado del Jefe del Departamento de Análisis, responsable del programa de trabajo, acreditativo de haber desarrollado el mismo con aprovechamiento.

b) Memoria Final explicativa tal como se recoge en el punto 6.b) de la presente convocatoria.

7.3. La no justificación dará lugar a las acciones legales que procedan.

Sevilla, 17 de julio 1992.- El Director General, José Guirao Cabrera.

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