Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 2/10/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 6 de septiembre de 1993, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se presta conformidad a la permuta de dos solares, propiedad del Ayuntamiento de Puebla de Los Infantes (Sevilla), por una finca urbana propiedad de don José A. Márquez Contreras.

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los art. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, arts. 109.1, 112.2, 113, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley

7/85, de 2 de abril, y demás preceptos de general aplicación. El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 6/81 de 30 de diciembre, confiere a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de Régimen Local.

El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, atribuye a esta Delegación competencia para dar conformidad a los expedientes de permuta de bienes patrimoniales cuya cuantía sea inferior al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto de la Corporación.

A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado, por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el pasado día 25 de junio de 1993, por el que se aprueba la permuta de dos solares, propiedad municipal con la calificación de bienes patrimoniales, por una finca urbana propiedad de Don José A. Márquez Contreras, siendo la descripción de los bienes a permutar la siguiente:

PROPIEDAD PARTICULAR

Finca urbana, sita en C/ Castillo núm. 21, propiedad de Don José A. Márquez Contreras, con una superficie de 253,25 m2 que linda: al frente con C/ Castillo, a la derecha, con núm. 22 de la misma calle; a la izquierda con núm. 20 de la misma calle y al fondo con terrenos de propiedad municipal. La valoración económica es de 2.322.651 ptas. Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Lora del Río al tomo 548, Libro 53, folio 175, finca núm. 3.547.

PROPIEDAD MUNICIPAL

Dos solares sitos en el lugar conocido como El Pradillo que cuenta con una superficie de 232,43 m2 y linda; al Norte, con viviendas municipales; al Sur, con almacén municipal, al este con C/ Pradillo núm. 3 y al Oeste, con C/ Pradillo, núm. 1

La valoración económica es de 2.324.300 ptas. Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Lora del Río, al Tomo 589, Libro 57, folio 52, finca núm. 3820. Como quiera que no hay equivalencia de valores, el particular se compromete formalmente a pagar la diferencia. Por cuanto antecede, y al amparo de la legislación invocada:

HE RESUELTO

Conforme a lo dispuesto en el art. 1 párrafo d) de la Orden de 22 de abril de 1993, prestar conformidad a la permuta de dos solares, propiedad municipal por una finca urbana propiedad de Don José A. Márquez Contreras.

Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Notificar la resolución al Ayuntamiento de Puebla de los Infantes.

Sevilla, 6 de septiembre de 1993.- El Delegado, PD. (Orden de 22.4.93) El Director General de Admón. Local y Justicia, José A. Sainz-Pardo Casanova.

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