Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 23/11/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 3 de noviembre de 1993, por la que se concede la ampliación de dos unidades de Educación Infantil al Centro Privado de Preescolar y Educación Primaria/Educación General Básica, Compañía de María de Sevilla.

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Examinado el expediente incoado a instancia de Doña María Dolores Cossio Gómez-Calcerrada, en su calidad de representante de la Congregación «Compañía de María¯, entidad titular del Centro Docente Privado de Preescolar y Educación Primaria/Educación General Básica «Compañía de María¯, con domicilio en C/ Colombia núm. 2 de Sevilla, en solicitud de ampliación de 2 unidades de Educación Infantil (Segundo Ciclo); Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla;

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial; Resultando que el Centro con código 41005725, tiene autorización definitiva para 4 unidades de Preescolar (Párvulos) para

160 puestos escolares por Orden de 1 de agosto de 1974 y 16 unidades de Educación General Básica para 640 puestos escolares por Orden de 26 de agosto de 1974;

Resultando que consultados los antecendentes obrantes en la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional aparece, que la titularidad del Centro la ostenta la Congregación «Compañía de María¯.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27 de noviembre); la Ley Orgánica

8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4 de noviembre); el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE del 26 de junio); el Real Decreto 535/93, de 12 de abril, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/91, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA del 20 de junio). Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero: Conceder la ampliación de 2 unidades de Educación Infantil (segundo ciclo) para 50 puestos escolares al Centro Docente Privado «Compañía de María¯, con domicilio en C/ Colombia núm. 3 de Sevilla; quedando con una composición resultante de 2 unidades de Educación Infantil (segundo ciclo) para 50 puestos escolares, 4 unidades de Preescolar (Párvulos) para 160 puestos escolares y 16 unidades de Educación Primaria/Educación General Básica para 640 puestos escolares.

Segundo: El personal que atienda las unidades de Educación Infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio (BOE del

26 de junio).

Tercero: La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto: Lo anterior, se entiende sin perjuicio de la obligación del Centro de adaptar las unidades autorizadas con anterioridad a la presente Orden, a lo dispuesto en el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitario.

Quinto: Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de

su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 3 de noviembre de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia