Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 29/7/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Consejería.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/1992 de 29 de octubre de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, (LORTAD), establece que, dentro del año siguiente a su entrada en vigor, las Administraciones Públicas responsables de ficheros de este carácter ya existentes, deberán adoptar una disposición reguladora de los mismos cuando carezcan de regulación o adaptar la que existiera.

Por otra parte, el Real Decreto Ley 20/1993, de 22 de diciembre, prorrogó por seis meses el plazo de un ario al que se ha hecho referencia.

Por lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que me están conferidas y de conformidad con la disposición adicional segunda de la LORTAD y el artículo 44.4 de la Ley 6/1983 de 21 de Julio, del Gobierno y la Administración da la Comunidad Autónoma.

DISPONGO:

Primero. Los ficheros automatizados con datos de carácter personal de esta Consejería existentes a la entrada en vigor de la LORTAD, que se regulan por esta disposición, de conformidad con los artículos 7.5 y 18 de la Ley citada, son los que se relacionan en el ANEXO de esta Orden.

Segundo. Los responsables de los ficheros automatizados de referencia adoptaran las medidas que resulten necesarias para asegurar que los datos automatizados de carácter personal existentes se usan para las finalidades para las que fueron recogidos, que son las que se concretan en este Orden

Tercero. Los afectados de los ficheros automatizados mencionados, pueden ejercitar su derecho de acceso rectificación y cancelación de dalos, cuando proceda, ante el Organo que para cada fichero automatizado se concreta en esta Orden Cuarto Los responsables de los ficheros automatizados advertirán expresamente a los cesionarios de datos de carácter personal de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden, de conformidad con el articulo 11.5 en relación con el 4.2 de la LORTAD.

Quinto. La Consejería de Gobernación podrá ceder los datos contenidos en los ficheros anexos a esta Orden, con exclusión de los datos de identificación personal contenidos en ellos, a los distintos Organismos de las Administraciones Públicas con fines de estudios, planificación y estadística, especialmente al Instituto Andaluz de Estadística, cuando así lo demande, para efectuar agregaciones de datos que permitan mejorar la adecuación de recursos existentes a las necesidades y mejorar el funcionamiento de los servicios de la Administración.

Sexto. La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de julio de 1994

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación, en funciones

ANEXO

FICHEROS AUTOMATIZADOS CON DATOS DE CARACTER PERSONAL DE LA CONSEJERIA DE GOBERNACION.

n? 1 FICHERO: GESTION DE ANTICIPOS DE CAJA.

1. Responsable

Secretaría General Técnica

2. Finalidad:

Gestionar y ordenar los diferentes pagos, tanto al personal interno como a terceros.

3. Usos:

Realizar transferencias, controlar los libros de registro de contabilidad.

4. Personal o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

El personal de la Consejería y los particulares que tengan algún tipo de relación económica con la Consejería.

5. Procedimientos de recogida de carácter personal:

Declaración personal del interesado

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero reside en un PC y es del tipo DBF. Los datos personales que contiene son:

a) Nombre, apellidos, NIF

b) Domicilio

c) Datos bancarios

En las Delegaciones de Gobernación existe un fichero similar restringido al ámbito provincial.

7. Cesiones de datos que se prevean:

A la Agencia Tributaria, según R.D 1841/1991 de 30 de Diciembre, Art. 59.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Secretaria General Técnica Plaza Nueva n? 4 Sevilla 41071. Delegaciones de Gobernación de cada provincia.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Resolución de la Intervención General de la Consejería de Hacienda de

3-12-90.

N? 2 FICHERO: RECURSOS

1. Responsable:

Secretaría General Técnica.

2. Finalidad:

Mejorar y agilizar la gestión de los diferentes recursos interpuestos contra resoluciones de los diferentes Organos Directivos de la Consejería.

3. Usos:

Los derivados de los procesos de elaboración de la información y de las necesidades de realizar consultas, permitiendo la localización de conexiones entre los mismos y facilitando el seguimiento de los trámites verificados en cada momento.

4. Personal o colectivo sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personas que interpongan recursos o reclamaciones previas a la vía hábil o laboral.

5. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal:

Los datos se recogen a través de los propios interesados y que se contienen en el recurso interpuesto.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero reside en un PC, y es una base de datos. Los datos personales que contienen son:

a) Nombre y apellidos del recurrente y, en su caso, de su representante.

b) Sentido de la resolución del recurso.

c) Sentido de la sentencia en el caso de que se produzca.

d) Firma del recurrente.

7. Cesión de datos que se prevean:

A las Delegaciones de la Consejería.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Secretaria General Técnica.

Plaza Nueva n? 4 Sevilla 41071.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

N? 3 FICHERO: GESTION DE PERSONAL

1. Responsable:

Secretaria General Técnica.

2. Finalidad:

Ordenación de las funciones propias de la gestión del Personal de la Consejería, tanto a nivel administrativo, como económico.

Gestión interna del personal de la Consejería.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

El personal de la Consejería.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaración directa o bien cesión por parte de la Secretaria General para la Administración Pública.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero tiene una estructura secuencial indexada, con sistema operativo CSP/FX. Los datos personales que contienen son:

a) Nombre, apellidos, D.N.I., nrp.

b) Historial administrativo.

c) Control de presencia y absentismo.

d) Datos económicos para la gestión de nominas.

En las Delegaciones de Gobernación existe un fichero similar para el personal destinado en la provincia.

7. Cesiones de datos que se prevean:

Instituto Nacional de la Seguridad Social, Inspección General de Servicios o Tribunales cuando reglamentariamente proceda.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Secretaria General Técnica. Plaza Nueva n? 4. Sevilla 41071. Delegaciones de Gobernación para su ámbito territorial.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

N? 4 FICHERO: REGISTRO ENTRADA/ SALIDA

1. Responsable:

Secretaria General Técnica

2. Finalidad

Controlar todos los documentos de entrada y salida de la Consejería.

3. Usos:

Gestión interna

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Los que depositen algún documento en el Registro o lo reciban procedente de la Consejería.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaración propia

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero se encuentra en un PC y los datos personales que contiene son el nombre y apellidos y el asunto

En las Delegaciones de Gobernación existe un fichero similar, que recoge los asientos de la documentación presentada en dicho Organo.

7. Cesión de datos que se prevean:

Los Organos a los que se dirige el escrito.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Secretaria General Técnica Plaza Nueva n? 4 Sevilla 41071 Delegaciones de Gobernación para su ámbito territorial

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285 de 27 de Noviembre Art. 38)

N? 5 FICHERO: EMPRESAS DE JUEGO

1. Responsable:

Dirección General de Política Interior

2. Finalidad:

Controlar que ninguna persona participe en más empresas que las establecidas legalmente.

3. Usos:

Verificar que en la actualidad no haya personas que participen en más de ocho empresas de juego, tal como está establecido reglamentariamente.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Los de aquellas personas directamente relacionadas y con intereses de participación en empresas de juego.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Mediante declaraciones o formularios rellenados por los interesados.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero reside en un ordenador con sistema operativo CSP/FX. Los datos personales que contiene son:

- Nombre y apellidos

- D.N.I.

- Firma

- Estado civil

- Sexo

- Nacionalidad

- Domicilio

7. Cesiones de datos que se prevean:

Consejería de Economía y Hacienda.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Política Interior

Plaza Nueva n? 4 Sevilla 41071

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Reglamento del juego del bingo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. BOJA 289/87.

Reglamento de salones recreativos y de salones de juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía BOJA 180/87.

Reglamento de máquinas recreativas y de azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía. BOJA 181/87.

N? 6 FICHERO: PERSONAS QUE TIENEN PROHIBIDO SU ACCESO A BINGOS Y CASINOS

1. Responsable:

Dirección General de Política Interior.

2. Finalidad:

Impedir el acceso a las Salas de Juego a quienes lo tengan prohibido

Inscripción de las personas que tienen prohibida la entrada en Bingos y/o Casinos por disposición judicial y/o Autoridad Administrativa competente.

Traslado a las entidades afectadas de los integrantes de este colectivo.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Los indicados anteriormente

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Extracto del exhorto judicial, o impreso relleno por el solicitante.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero es físico con varios lógicos, residente en un ordenador con sistema operativo CSP/FX. Los datos personales que contiene son:

a) Datos identiticativos: apellidos, nombre, DNI, pasaporte.

b) Domicilio, código postal, país

c) Estado civil, sexo, techa de nacimiento, profesión

d) Datos de la prohibición: Fecha, ámbito, motivo, tipo, Organo que resuelve.

7. Cesiones de datos que se prevean:

Con carácter reservado, a través de listados mensuales, se remite a Bingos y Casinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Política Interior.

Plaza Nueva n? 4. Sevilla 41071.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Artículo 30 del Reglamento del Juego de Bingo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 239/1987, de 9 de Diciembre

Artículo 33 del Reglamento de Casinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 229/1988, de 31 de Mayo.

N? 7 FICHERO: REGISTRO DE PERSONAS SANCIONADAS POR INFRACCIONES EN MATERIA DE JUEGO Y APUESTAS.

1. Responsable:

Dirección General de Política Interior.

2. Finalidad:

Control de los expedientes sancionadores en materia de juegos y apuestas, su estado y tramitación, así como de los recursos presentados, en su caso, a las resoluciones recaídas, a efectos de determinar la firmeza de las resoluciones para proceder a su ejecución.

Control del pago de las sanciones, e efectos de las fianzas depositadas, en caso de baja de las empresas de juego.

Inscripción de los expedientes sancionadores incoados y tramitados en la Dirección General de Política Interior y los incoados en las Delegaciones de Gobernación que son remitidas y resueltos por Organos Superiores de la Consejería.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Los incluidos en expedientes sancionadores.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

El expediente sancionador.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero es físico con varios lógicos, residente en un ordenador con sistema operativo CSP/FX. Los datos personales que contiene son:

a) Datos identificativos: Denominación/identificación, empresa/persona física, D.N.I /C.I.F./N.I.F.

b) Datos del expediente: Provincia, N? expediente, instructor

c) Resolución: Sanción, importe, notificación, recurso, ejecución

d) Domicilio.

7. Cesiones de datos que se prevean:

A las Delegaciones de Gobernación.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación

y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Política Interior.

Plaza Nueva n? 4. Sevilla 41071.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Ley 2/1986, de 19 de Abril de Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y Reglamentos que la desarrollan.

N? 8 FICHERO: CONTROL DE SEGURIDAD EN EDIFICIOS PUBLICOS DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

1. Responsable:

Dirección General de Política Interior.

2. Finalidad:

Control de accesos de personas y vehículos los recintos de los edificios públicos de la Junta de Andalucía.

3 usos:

El uso es interno de la Administración con el objeto de garantizar la seguridad en el recinto.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Todas las personas que acceden a los recintos de los edificios públicos de la Junta de Andalucía

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

En el control de entrada al recinto se solicita a los visitantes sus datos

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura del fichero es un gestor de bases de datos en un PC. Los datos que contiene son:

a) Para los visitantes:

- Nombre y apellidos

- D.NI.

- Organismo al que pertenece

- Persona a visitar

- Objetos que porta

b) Para los funcionarios de la Junta:

- Nombre y apellidos

- Cargo y lugar en el que se ubica

- Matricula del vehículo particular

7. Cesiones de datos que se prevean:

A la empresa de seguridad que controla los accesos.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Política Interior.

Plaza Nueva n? 4. Sevilla 41071.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

N? 9 FICHERO: ACTUACIONES POLICIALES DE LA UNIDAD DEL CNP ADSCRITA A LA JUNTA DE ANDALUCIA

1 Responsable:

Dirección General de Política Interior.

2. Finalidad:

Recogida de datos de identidad y antecedentes de las personas involucradas en las actuaciones de la unidad del C.N.P adscrita a la Junta de Andalucía

3. Usos:

Utilización de datos para informar a las autoridades judiciales y de la Junta, así como lo legalmente establecido respecto a la coordinación y cooperación con las FF SS.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Todas aquellas personas objeto de investigación o de procedimiento policial por posibles infracciones o delitos.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

A través de intervenciones judiciales o administrativas

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Datos de filiación de las personas afectadas y en su caso de familiares.

- Antecedentes y cuantos datos sean estrictamente necesarios para las investigaciones.

7. Cesiones de datos que se prevean:

A las autoridades judiciales y de la Junta de Andalucía que legalmente tengan competencias sobre las materias concretas y a los distintos cuerpos de seguridad para la legalmente establecida cooperación y coordinación policial.

8. Organo ame el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Política Interior

Plaza Nueva n? 4. Sevilla 41071.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

N? 10 FICHERO: CONTROL DE TARJETAS IDENTIFICATIVAS PARA ACCESO A EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS, PARA EL PERSONAL DE A

JUNTA DE ANDALUCIA

1. Responsable:

Dirección General de Política Interior

2. Finalidad:

Sirve de base para la confección de las tarjetas identificativas para el personal de la Administración de la Junta de Andalucía

3. Usos:

Controlar altas y bajas del personal acreditado y reposición de tarjetas en su caso.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Todo el personal al servicio de la Administración de la .Junta de Andalucía

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Lo suministran las unidades de gestión de personal de los distintos departamentos.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Es un, gestor de base de datos, en un PC. Los datos de carácter personal son:

- Datos identificativos.

- Centro de Trabajo

- Fotografía digitalizada

- Firma.

- D.N.I

7. Cesiones de datos que se prevean:

A las unidades de gestión de personal de los distintos departamentos

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Política Interior

Plaza Nueve n? 4 Sevilla 41071

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

N? 11 FICHERO: OBJETORES DE CONCIENCIA

1. Responsable:

Dirección General de Administración Local y Justicia.

2. Finalidad:

Registro de objetores pendientes de realizar la Prestación Social Sustitutoria en Andalucía, y los que la están realizando

3. Usos:

Control de incidencias durante el período de la Prestación.

4. Personal o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Todos los obligados a realizar la Prestación Social Sustitutoria en la Comunidad

5. Procedimientos de recogida de carácter personal:

Cesión de datos en soporte papel por parte del Ministerio de Justicia e Interior.

6 Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal Incluidos en el mismo:

La estructura del Fichero es de Gestor de Base de datos en un PC los datos personales que se contienen son:

- Datos de identificación personal

- Datos de domicilio y teléfono.

- Datos Académicos

- Lugar de la Prestación Social Sustitutoria

- Fecha de Nacimiento:o

- Carnet de conducir

En las Delegaciones de Gobernación existen ficheros con los datos de las personas afectadas de la provincia

7. Cesiones de datos que se prevean:

Al Ministerio de Justicia e Interior y a los responsables de los Centros donde se realice la prestación.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Administración Local y Justicia C/ Albareda n? 13 Sevilla 41071

Delegaciones de Gobernación para las personas afectadas de la provincia.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Ley 48/1984, de 26 de diciembre, reguladora de la objeción de conciencia y la prestación social sustitutoria.

Real Decreto 20/1988, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de le prestación social de los objetores de conciencia.

N? 12 FICHERO: ASOCIACIONES

1. Responsable:

Delegación de Gobernación de cada provincia

2. Finalidad:

Registro o inscripción de las asociaciones que tienen domicilio en cada provincia.

3. Usos:

Confección de listados y actualización de los datos de las asociaciones anteriormente inscritas.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados º suministrarlos:

Los interesados en inscribir las asociaciones y los interesados en obtener datos sobre las asociaciones inscritas o las personas que las integran.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Solicitud por escrito de los responsables o personas firmantes del Acta Fundacional de las Asociaciones.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Gestor de Base de Datos a través de un PC Datos de carácter personal: Nombre, domicilio, municipio y D N.I.

7. Cesiones de datos que se prevean:

A personas físicas interesadas, personas jurídicas (empresas, colectivos, otras asociaciones o federaciones) y cualquiera de las Administraciones, Públicas que lo soliciten.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Delegación de Gobernación de cada provincia

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado

- Ley 191/1994, de 24 de diciembre de Asociaciones

- Decreto 1440/1965 de 20 de mayo, por el que se dictan normas complementarias a la Ley de Asociaciones.

- Orden de 10 de Julio de 1965 por la que se regula el funcionamiento de los registros de Asociaciones.

- Real Decreto 304/85, de 6 de febrero sobre traspaso de funciones y Servicios de la Administración del Estado en materia de Asociaciones.

- Decreto 97/85, de 8 de mayo de asignación a la Consejería de Gobernación de funciones y servicios traspasados en materia de Asociaciones

- Orden de 22 de mayo de 1985 de Delegación de competencias en el Director General de Justicia en materia de Asociaciones.

- Olden de 10 de junio de 1 985 de Regulación del Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma

- Orden de 4 de junio de 1990 por la que se modifica el articulo 3Q de la de 10 de junio de 1985 que regula la organización y funcionamiento de los registros de asociaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

N? 13 FICHERO. REGISTRO GENERAL DE PERSONAL

1. Responsable:

Dirección General de la Función Publica

2. Finalidad:

Inscribir a todo el personal al servicio de la Junta de Andalucía, conteniendo todos los datos que afecten a la vida administrativa del mismo, para cumplir fines del Registro General de Personal establecidos en la Ley

30/t 984 de Z de agosto, Ley 6/t.985 de 28 de noviembre, de la Junta de Andalucía y Decreto 9/1986, del Registro General de Personal.

Los necesarios que en materia de personal bene encomendado el Registro General de Personal, así como los derivados de necesidades de planificación y estudios sobre el personal de la Junta de Andalucía, para lo que se realizan extracciones de datos con fines estadísticos o de carácter monográficos 4 Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Todo el personal q ,e preste servicios en la Administración, de la Junta de Andalucía

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal

Documentos aportados por los interesados, Consejerías, OO AA y otras Administraciones Públicas.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura de! fichero consiste en un sistema de base de datos, con sistema operativo CSP/FX, centralizado en el Registro General de Personal Contiene los siguientes tipos de datos:

- Datos de carácter identificativo

- Datos de características personales (sexo)

- Datos de características familiares (estado y n? de hijos)

- Datos de Situación Administrativa.

- Datos académicos y profesionales

- Datos de premios y sanciones administrativas

- Datos de autorizaciones de compatibilidad

- Datos económicos de nómina

7. Cesiones de datos que se prevean:

A unidades responsables de gestión de personal de la Junta de Andalucía con la finalidad propia del fichero y a otras Administraciones Publicas con la misma finalidad.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de la Función Publica Plaza Nueva n? 4 Sevilla 41071 Delegaciones de Gobernación de cada provincia

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Decreto 9/1 986, de 5 de lebrero de 1986 (BOJA N? 36 de 25 de Abril) y orden de 25 de abril de 1986 (BOJA N? 36 de 29 de Abril).

N? 14 FICHERO: FICHERO DE DATOS PARA LA CONCESION DE AYUDAS DE ACCION SOCIAL-ANTICIPOS.

1. Responsable:

Dirección General de la Función Publica

2. Finalidad:

Concesión de distintas modalidades de ayudas y préstamos de acción social al personal al servicio de la Junta de Andalucía y concesión de anticipos al mismo personal.

3. Usos:

Gestión de la acción social y anticipos a favor del personal de la Junta de Andalucía y uso estadístico interno

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personal al servicio de la Junta de Andalucía y los miembros de sus unidades familiares

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones de los interesados, datos de ficheros de personal de las Administraciones Públicas y otras fuentes accesibles al público.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero es de tipo Gestor de base de datos y contiene los siguientes datos:

Datos personales: Nombre y apellidos, D N.I y N.I F. n? S.S./Mutualidad, teléfono, firma, domicilio, datos familiares, lugar y fecha de nacimiento, características de vivienda, cuerpo y escala, categoría o grado, puesto de trabajo, datos económicos de la nómina, renta familiar, bienes patrimoniales, créditos o préstamos obtenidos de organismos públicos, datos bancarios, hipotecas, subsidios, historial de créditos de organismos de las Administraciones, y compensaciones o indemnizaciones.

7. Cesiones de datos que se prevean:

A las Administraciones Publicas, con la misma finalidad

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de le Función Pública.

Plaza Nueva n? 4 Sevilla 41071.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Ordenes de 26 y 27 de mayo de 1993, de la Consejería de Gobernación, por las que se aprueban los Reglamentos de acción social del personal laboral y del personal funcionario y no laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA de 5 de junio de 1993), y Orden de 14 de diciembre de 1992 (modificada parcialmente por la de t de octubre de 1993), de regulación de concesión de anticipos al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA del 24 de diciembre de 1992).

N? 15 FICHERO: LIBRO DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

1. Responsable:

Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios

2. Finalidad:

Recoger la sugerencias y reclamaciones de los ciudadanos en relación con el funcionamiento de los servicios de la Administración de la Junta de Andalucía.

3. Usos:

El uso es interno de la Administración a efectos estadísticos y con el objeto de mejorar el funcionamiento de los servicios de la Junta de Andalucía.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Los interesados suministran sus datos personales al rellenar el impreso del Libro de Sugerencias y Reclamaciones

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Mediante soporte papel, en impresos que rellenan los interesados, suministrando sus propios datos.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura del fichero es un gestor de base de datos en un PC y recoge: nombre y apellidos, sexo, D.N.I, profesión, domicilio y teléfono y firma delitos interesados

En las Delegaciones de Gobernación existe un fichero de las sugerencias y reclamaciones efectuadas en la provincia.

7. Cesiones de datos que se prevean:

En la Administración de la Junta con el objeto de mejorar el funcionamiento de sus servicios.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios Plaza Nueva n? 4 Sevilla 41071

Delegaciones de Gobernación de cada provincia

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Decreto 262/1988, de 2 de agosto, (BOJA n? 73 de 17 de septiembre de

1.988), relación con el funcionamiento de los servicios de la Junta de Andalucía y Orden de 2 de mayo de 1989, (BOJA n? 39, de 19 de mayo de 1989), Instrucciones en relación con el Libro de Sugerencias y Reclamaciones.

N? 16 FICHERO: INCOMPATIBILIDADES DEL PERSONAL JUNTA DE ANDALUCIA

1. Responsable:

Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios

2. Finalidad:

Gestión y tramitación de expedientes de autorización o denegación de compatibilidad del personal al servicio de la Junta de Andalucía.

3. Usos:

Para gestión de expedientes de autorización o denegación de compatibilidad del personal al servicios de la Junta de Andalucía

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personal Funcionario, laboral o interino al servicio de la Junta de Andalucía.

5. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal:

Solicitudes de compatibilidad y documentación de las Consejerías y Organismos de la Junta de Andalucía

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero se encuentra en un PC Contiene datos de identificación personal Datos económicos de nómina Datos de titulación profesional Datos de puestos de trabajo Datos de actividades privadas

7. Cesiones de datos que se prevean:

A las Consejerías de la Junta de Andalucía y otras Administraciones Públicas con la misma finalidad

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios. Plaza Nueva, n? 4, Sevilla 41071

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Ley 53/1984, de 26 de diciembre y disposiciones que lo desarrollan.

N? 17 FICHERO: INCOMPATIBILIDADES DE ALTOS CARGOS

1. Responsable:

Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios.

2. Finalidad:

Registro y constancia de declaraciones de actividad y bienes de altos cargos.

3. Usos:

Registro de intereses y bienes de altos cargos de la Junta de Andalucía

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados suministrarlos:

Altos cargos de la Junta de Andalucía.

5. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones de los altos cargos.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo.

El fichero está en un PC y contiene datos:

- De identificación personal.

- Económicos y patrimoniales

7. Cesiones de datos que se prevean:

Al Parlamento de Andalucía.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios. Plaza Nueva n? 4. Sevilla 41071.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

10. Disposiciones que ampara el fichero automatizado:

Ley 5/1994, de 23 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración Andaluza, modificada por la Ley 4/1990, de 23 de abril, y ley

3/1994, de 5 de abril.

N? 18 FICHERO: FORMACION DE PERSONAL EN ESCUELA DE SEGURIDAD PUBLICA DE ANDALUCIA.

1. Responsable:

Dirección General de Política Interior.

2. Finalidad:

Gestionar y ordenar los datos personales y académicos de los alumnos.

3. Usos:

Gestión interna del personal asistente a cursos de formación a la ESPA

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Alumnos y solicitantes de los cursos de la E.S P.A.

5. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones directas de alumnos y aspirantes, y evaluaciones del profesorado.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

El fichero tiene una estructura de gestor de base de datos en un PC:

- Datos de identificación personal .

- Datos de identificación profesional

- Datos domiciliarios.

7. Cesiones de datos que se prevean:

A Corporaciones Locales, respecto de alumnos pertenecientes a éstas a Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Política Interior

Plaza Nueva, n? 4, Sevilla 41071

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Ley 1/1989, de 8 de mayo, de coordinación de Policías Locales de Andalucía.

N? 19 FICHERO: INFORMACION SOBRE POLICIAS LOCALES DE ANDALUCIA

1. Responsable:

Dirección General de Política Interior

2. Finalidad:

Informatizar todo lo concerniente a los medios humanos y técnicos relativos a las Policías Locales de los Ayuntamientos de Andalucía

3. Usos:

Conocimiento de los medios personales y técnicos para la coordinación de las actuaciones de las policías locales.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Policías locales de Andalucía.

5. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal:

Comunicación de los distintos Ayuntamientos.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Es una base de datos en un PC. Los datos personales que contiene son:

- Datos de identificación personal.

- Datos de identificación profesional.

En las Delegaciones de Gobernación existe un fichero específico de las Policías Locales de su ámbito territorial, de similares características

7. Cesiones de datos que se prevean:

No se preveen.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Política Interior. Plaza Nueva n? 4. Sevilla 41071. Delegaciones de Gobernación, para su ámbito territorial.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente.

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Ley 1/1989, de 8 de mayo, de coordinación de Policías Locales de Andalucía.

N? 20 FICHERO: PROFESORADO DE LA ESCUELA DE SEGURIDAD PUBLICA DE ANDALUCIA.

1. Responsable:

Dirección General de Política Interior

2. Finalidad:

Ordenación del profesorado de la E.S.P.A.

3 Usos:

Gestión interna de los pagos ay profesorado de la E.S.P A.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Profesorado colaborador de la E.S P A.

5. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones de los interesados.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Es un gestor de base de datos en un PC. Contiene los siguientes datos personales:

- Datos de identificación personal.

- Datos de identificación profesional.

- Datos bancarios

- Datos domiciliarios

7 Cesiones de datos que se prevean:

A los órganos de gestión económica de la Administración Autónoma.

8. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Dirección General de Política Interior

Plaza Nueva n? 4 Sevilla 41071.

9. Plazo para rectificar o cancelar datos:

El establecido reglamentariamente

10. Disposiciones que amparan el fichero automatizado:

Ley 1/1989, de 8 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Andalucía.

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