Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 30/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 13 de noviembre de 1995, por la que se conceden subvenciones a las entidades locales territoriales que se indican, de acuerdo con el Decreto que se cita, sobre medidas de saneamiento de las haciendas locales.

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De conformidad con el artículo 3.3 del Decreto 472/1994, de 27 de diciembre, sobre prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio de 1995, se prorrogan los créditos destinados a subvenciones y ayudas.

Entre dichos créditos, figuran las ayudas establecidas en el artículo cuatro del Decreto 238/1988, de 21 de junio, consistentes en subvencionar en siete puntos el interés de los préstamos que tuvieran concertados las entidades locales con el Banco de Crédito Local y cualquiera otra entidad financiera al 31 de diciembre de 1987

Por ello, en uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la redacción dada por las Leyes 9/1987, de 9 de diciembre y

6/1990, de 29 de diciembre y el Decreto 238/1988, de 21 de junio.

D I S P O N G O

Primero. Subvencionar a las entidades locales que se indican seguidamente con las cantidades que se expresan para el presente ejercicio de 1995, de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto 238/1988, de 21 de junio, sobre medidas de saneamiento de las haciendas locales. Estas subvenciones se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria

12.01.461.00.81A.

Provincia: Almería.

Abla: 1.203.753.

Antas: 1.332.168.

Arboleas: 1.332.547.

Chirivel: 1.100.309.

Oria: 476.656.

Provincia: Cádiz.

Castellar de la Frontera: 1.059.513.

Diputación Provincial de Cádiz: 20.000.000. Jimena de la Frontera: 6.738.624.

La Línea de la Concepción: 15.000.000.

El Puerto de Santa María: 15.000.000.

Provincia: Córdoba.

Luque: 254.990.

Torrecampo: 234.772.

Provincia: Granada.

Alhama de Granada: 166.370.

Illora: 2.586.195.

Motril: 12.000.000.

Santa Fe: 2.836.620.

Provincia: Huelva.

Aracena: 6.717.803.

Paterna del Campo: 948.840.

Villarrasa: 750.709.

Provincia: Jaén.

Albáchez de Ubeda: 411.163.

Bedmar y Garcíez: 1.206.776.

Cazorla: 4.915.752.

Espelúy: 137.015.

Lopera: 206.048.

Quesada: 7.510.339.

Santisteban del Puerto: 1.817.405.

Provincia: Málaga.

Casarabonela: 471.328.

Coín: 10.126.006.

El Rincón de la Victoria: 12.000.000.

Torrox: 10.214.576.

Vélez-Málaga: 15.000.000.

Provincia: Sevilla.

Castilblanco de los Arroyos: 2.897.161.

Lora del Río: 12.000.000.

Paradas: 3.535.691.

Santiponce: 1.343.954.

Utrera: 12.000.000.

El Viso del Alcor: 11.502.464.

Segundo. Las mencionadas subvenciones se harán efectivas a las entidades locales para que éstas, a su vez, lo hagan a la entidad bancaria prestamista.

Tercero. Las subvencviones se justificarán ante la Consejería de Gobernación, Dirección General de Administración Local y Justicia, en la forma prevista en el artículo 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora en caso de incumplimiento de la obligación de justificación, incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención e incumplimiento de las condiciones establecidas en el Decreto

238/1988, de 21 de junio.

Quinto. La presente Orden será notificada a cada Corporación subvencionada y publicada en el BOJA a los efectos consiguientes.

Sevilla, 13 de noviembre de 1995

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

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